La declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Integridad Pública (LOIP), emitida por la Corte Constitucional (CC) el pasado 26 de septiembre, no revertirá los despidos ejecutados en el marco de esa norma en el sector público.
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La sentencia solo dispuso retroactividad en tres materias específicas: penal y de ejecución de penas, niñez y adolescencia, y movilidad humana.
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La declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Integridad Pública (LOIP), emitida por la Corte Constitucional (CC) el pasado 26 de septiembre, no revertirá los despidos ejecutados en el marco de esa norma en el sector público.
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Luis Alberto Cabezas superintendente de Compañías, reveló que al momento el caso está a la espera de una decisión judicial sobre una acción de protección.
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