El presidente de la República, Daniel Noboa, reconoció este miércoles, 16 de julio de 2025, la persistencia de un conflicto armado interno bajo la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional.

En el Decreto Ejecutivo n.º 55 se habla de “reconocer la persistencia de un conflicto armado interno a cargo de grupos armados organizados, al haberse evidenciado la concurrencia de los criterios determinados en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional”.

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Así también, se indica que los grupos armados organizados, a los que se refiere el artículo 1 del presente decreto ejecutivo, se encuentran identificados en el denominado Informe de Inteligencia - 09 de julio de 2025 n.º STIE-DOAIE-SD_IE-25-016, anexo del oficio n.º CIES-SUG-S-2025-0232-OF de 9 de julio de 2025, calificado como secreto.

Entre otros puntos, Noboa dispuso al Centro Nacional de Inteligencia realizar la actualización individualizada de los grupos armados organizados involucrados en el conflicto armado interno de manera periódica, en cumplimiento de la normativa vigente y conforme el desarrollo del conflicto armado interno.

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En las disposiciones generales del decreto presidencial se indica que el presente reconocimiento se realiza sobre la base legal contenida en la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, y para efectos de su aplicación.

Además, las actividades dispuestas en el marco del conflicto armado interno, conforme lo previsto en el Decreto Ejecutivo n.º 218 del 07 de abril de 2024, “continuarán ejecutándose en armonía con lo previsto en el presente decreto ejecutivo, la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional y demás normativa vigente”.

El primer mandatario encargó la ejecución del presente decreto ejecutivo al Ministerio de Defensa Nacional, al Ministerio del Interior, Policía Nacional, Fuerzas Armadas, Centro Nacional de Inteligencia y todas las entidades e instituciones públicas competentes.

Noboa publicó el martes el Reglamento General a la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, a través del Decreto Ejecutivo n.º 54.

El documento norma esta ley, que fue la primera enviada con carácter económico urgente, aprobada en la Asamblea Nacional el 7 de junio con 84 votos.

El reglamento especifica puntos relevantes de la Ley de Solidaridad Nacional, como el reconocimiento del conflicto armado interno; la identificación de grupos armados; la integración del Bloque de Seguridad; el procedimiento y monto de las donaciones para policías y militares; el procedimiento para el indulto a la fuerza pública, entre otros. (I)