Las comisiones legislativas especializadas de Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social; la de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales; la de Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos y la Interculturalidad; y la de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes no realizaron la elección de sus autoridades la noche de este viernes, 16 de mayo del 2025.
El pleno de la Asamblea Nacional conformó las comisiones luego de aprobarse una moción presentada por el legislador oficialista Ferdinan Álvarez.
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En dicha moción se planteó que la presidenta de la Comisión de Trabajo sea Cecilia Baltazar, de Pachakutik (PK), y el vicepresidente, John Polanco, de Acción Democrática Nacional (ADN).
Pero Álex Toapanta, también de PK, no quiso votar por su compañera de movimiento, lo cual empantanó la elección y la reunión de la mesa se suspendió.
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Esto, a su vez, complicó la elección de las autoridades de la Comisión de Derecho al Trabajo.
Para esta mesa se propuso como presidente al oficialista Eckenner Recalde y como la vicepresidenta, a su coidearia Paola Jaramillo.
La mesa se instaló para elegir a sus autoridades, pero Carmen Tiupul, de las filas de PK, no quiso apoyarlos y exigió al Gobierno que primero resolviera la situación de su compañera. Entonces la sesión se suspendió.
Ambas comisiones volverían a reunirse el martes 20 de mayo, la próxima semana.
En tanto que las comisiones de Garantías Constitucionales y de Protección a la Niñez y la Adolescencia, integradas mayoritariamente por legisladores del correísmo, dejaron también para el próximo martes 20 la elección de sus autoridades.
En la de Garantías se propuso como presidente a Roque Ordóñez y como vicepresidente, a Comps Córdova. Ambos son de la Revolución Ciudadana (RC).
En la de la Niñez, en tanto, se le dio la presidencia a Ricardo Patiño y la vicepresidencia, a Viviana Veloz. Ambos, igualmente, de las filas de la RC.
El artículo 23 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa menciona: “En el plazo máximo de cuatro días siguientes a su integración, las comisiones se instalarán previa convocatoria y coordinación provisional del primer asambleísta designado para esa comisión y procederán a la elección, por separado, de una presidenta o un presidente y una vicepresidenta o un vicepresidente”.
“Si transcurrido el plazo establecido en el inciso anterior, el primer designado no realiza la convocatoria, la o el segundo asambleísta designado asumirá la coordinación, y, en el plazo máximo de veinticuatro horas, realizará la convocatoria. De no hacerlo, la comisión por iniciativa de la mayoría absoluta de sus integrantes podrá autoconvocarse, se instalará y escogerá un coordinador ad hoc a efectos de elegir sus autoridades. La sesión de elección de autoridades no podrá ser suspendida”.
La no elección de las autoridades de las comisiones especializadas permanentes en el plazo máximo de ocho días desde su integración habilita al pleno de la Asamblea Nacional a designar a las referidas autoridades con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus integrantes. (I)