En el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) hay un criterio jurídico que concluye que en el Consejo de la Judicatura (CJ) no hay una ausencia definitiva de uno de sus integrantes, sino la renuncia de uno de ellos; y se recomienda a los consejeros no realizar el proceso de designación de una nueva autoridad, pues no se pueden alterar las decisiones tomadas por el Consejo de Participación Ciudadana de Transición en el 2019.