La noche del jueves pasado la Corte Constitucional (CC) dio a conocer que inadmitió seis demandas de inconstitucionalidad que se presentaron contra el decreto 741 que emitió el mandatario Guillermo Lasso, en el que disponía la disolución de la Asamblea Nacional.

En un comunicado, el organismo indicó que tres tribunales de la Sala de Admisión emitieron los seis autos y por unanimidad decidieron su rechazo, así como también la petición de adoptar medidas cautelares para suspender provisionalmente los efectos del decreto.

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“En los seis autos emitidos se recalca que así como la Corte Constitucional no tiene competencia para pronunciarse respecto de la verificación y motivación de la causal de grave crisis política y conmoción interna invocada por el presidente para disolver la Asamblea Nacional con fundamento en el artículo 148 de la Constitución, tampoco la tiene ninguna otra autoridad judicial en el país”, señaló.

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Tras conocerse la decisión del órgano constitucional, el presidente Guillermo Lasso expresó su satisfacción a través de redes sociales.

“Así como la Corte, ninguna autoridad judicial puede pronunciarse sobre la verificación y motivación de la causal de crisis política y conmoción interna invocada en el Decreto Ejecutivo 741. Este Tribunal ratifica mi decisión apegada a la Constitución de la República”, destacó Lasso.

Una de las demandas de inconstitucionalidad fue presentada por los exasambleístas Ángel Maita, Mireya Pazmiño, Dina Farinango, Janeth Llano y José Cabascango. Aquí el tribunal, conformado por los jueces Enrique Herrería, Jhoel Escudero y Alí Lozada, señaló que “no le corresponde a la Corte Constitucional verificar la configuración material de la causal invocada ni de la motivación esgrimida por el presidente de la República en el Decreto Ejecutivo n.º 741″.

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De igual manera, se indicó que la Corte está impedida de ejercer control sobre el decreto que se fundamenta en la causal de grave crisis política y conmoción interna.

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La otra demanda fue presentada por los exlegisladores Esteban Torres (PSC) y Yeseña Guamaní (ID). El mismo tribunal señaló que no le corresponde a la Corte verificar la configuración material de la causal invocada, ni de la motivación esgrimida.

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La tercera demanda rechazada fue la de Virgilio Saquicela, extitular de la Asamblea Nacional, de la cual el tribunal añadió que el accionante “no formula un cargo claro respecto a la inconstitucionalidad por la forma”.

Las otras demandas rechazadas fueron de Jorge Sosa, excandidato a juez de la Corte Constitucional; así como de Geovanni Atarihuana y Nelson Erazo (Frente Popular), Isabel Vargas (UNE) y Nery Padilla (FEUE); y la sexta demanda inadmitida fue de los abogados Carlos Alvear, Ernesto Pazmiño Chávez, Esteban Falconí Chávez y Jonathan Aguinda. (I)