Corre el término de veinte días para que la Corte Constitucional (CC) emita un pronunciamiento respecto de la vía para ejecutar la enmienda a la Constitución que propone el presidente de la República, Daniel Noboa Azín.

El 21 de agosto de 2025, la jueza de la Corte Constitucional Claudia Salgado Levy avocó conocimiento de la propuesta de enmienda a la Constitución de cuatro preguntas que envió el primer mandatario con la expectativa de que haya elecciones en diciembre próximo.

De acuerdo con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y el Reglamento para la Sustanciación de Procesos, desde el momento en que un magistrado avoca conocimiento de la iniciativa transcurre un periodo de veinte días para que el pleno emita su dictamen.

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En un primer momento, será la jueza Salgado la que elaborará el proyecto de dictamen y lo difundirá a sus ocho colegas para su conocimiento, antes de la votación.

Requerirá de cinco votos de mayoría para aprobarse o por unanimidad.

En esta etapa, la CC debe dictaminar cuál es la vía para modificar artículos de la carta política, con base en la propuesta presidencial; es decir, si requiere de una enmienda o reforma parcial o una asamblea constituyente.

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En este caso, Noboa propone reformas constitucionales a través de la enmienda, contemplada en el artículo 441 de la Constitución, lo que implica que no sean tratadas en la Asamblea Nacional en dos debates.

Según el régimen, sus preguntas no alteran la estructura del Estado o afectan derechos constitucionales. Estas son:

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  1. ¿Está usted de acuerdo con permitir la contratación laboral por horas, únicamente para el sector de turismo, siempre que se trate de la primera relación laboral, garantizando los derechos laborales y respetando los derechos adquiridos de los trabajadores, enmendando la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?
  2. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y para ello modificar el sistema de elección, enmendando la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?
  3. ¿Está usted de acuerdo con transferir y adecuar los deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social a la Asamblea Nacional, Defensoría del Pueblo y Contraloría General del Estado, y como consecuencia de esto, suprimir el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, enmendando la Constitución de la República del Ecuador de conformidad con el anexo de la pregunta?
  4. ¿Está usted de acuerdo con que los jueces de la Corte Constitucional sean también considerados como autoridades sujetas a juicio político, enmendando la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?

Daniel Noboa también incluyó una pregunta de plebiscito relacionada con la posibilidad de permitir el funcionamiento de salas de juego y casinos dedicados a juegos de azar en hoteles categorizados con cinco estrellas, quienes entregarán al Estado un tributo del 25 % de sus ventas por esta actividad, para el financiamiento de programas de lucha contra la desnutrición crónica infantil y de alimentación escolar.

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El texto se sorteó para el conocimiento de la jueza Alejandra Cárdenas Reyes, aunque no avoca conocimiento.

Paralelamente al trámite de estas preguntas, los ecuatorianos deberán ir a las urnas para pronunciarse sobre dos propuestas de reforma constitucional que fueron aprobadas en la Asamblea Nacional.

Se trata de la modificación al artículo 5 para permitir la instalación de bases militares extranjeras en territorio ecuatoriano; y la segunda, para eliminar del texto constitucional la obligación del Estado ecuatoriano de asignar presupuesto para el funcionamiento de los partidos y movimientos políticos y para el financiamiento de las campañas electorales de los candidatos a una dignidad de elección popular. (I)

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