La Constitución permite al presidente de la República convocar a consultas populares sobre los temas que estime pertinentes, aunque deben ser revisados previamente por la Corte Constitucional (CC).
Publicidad
Iniciativa de Daniel Noboa sigue en suspenso y se desconoce su contenido. De enviar propuestas de reforma o enmienda constitucional su trámite se alargará.
Publicidad


Actualizado el
La Constitución permite al presidente de la República convocar a consultas populares sobre los temas que estime pertinentes, aunque deben ser revisados previamente por la Corte Constitucional (CC).
Publicidad
Publicidad
Publicidad
¿Tienes alguna sugerencia de tema, comentario o encontraste un error en esta nota?
El gremio aseguró que Colombia constituye el tercer mayor origen de las importaciones del Ecuador, superado únicamente por China y Estados Unidos.
Publicidad