La Constitución permite al presidente de la República convocar a consultas populares sobre los temas que estime pertinentes, aunque deben ser revisados previamente por la Corte Constitucional (CC).
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Iniciativa de Daniel Noboa sigue en suspenso y se desconoce su contenido. De enviar propuestas de reforma o enmienda constitucional su trámite se alargará.


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La Constitución permite al presidente de la República convocar a consultas populares sobre los temas que estime pertinentes, aunque deben ser revisados previamente por la Corte Constitucional (CC).