La aplicación del nuevo estado de excepción, para frenar la propagación del coronavirus, no alterará los plazos y los términos de los procesos judiciales en todo el país, según lo determinó la Corte Nacional de Justicia en sesión extraordinaria.

La decisión se tomó, según un comunicado de la Corte, para no afectar la continuidad del servicio de justicia, garantizar los derechos a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la seguridad jurídica.

Mientras se mantenga en vigencia la aplicación del Decreto Ejecutivo 1291, esto es un confinamiento parcial entre el 23 de abril y el 20 de mayo próximo, la Corte Nacional de Justicia dispuso que los procesos judiciales de todas las judicaturas del país, las audiencias se realicen por medios telemáticos, videoconferencias y otros medios tecnológicos similares, salvo excepciones debidamente justificadas en cada caso por la o el juez.

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Función Judicial adopta medidas para evitar interrupciones en el acceso a los servicios de justicia

El juzgador deberá adoptar las medidas indispensables para garantizar el derecho a la defensa y el principio de contradicción, así como aquellas que garanticen la validez de las audiencias.

En el evento excepcional de que las audiencias se deban realizar presencialmente, se respetarán las medidas de bioseguridad correspondientes, a fin de salvaguardar la salud e integridad física de quienes participan en ellas.

Para la presentación de escritos en los procesos judiciales en todas las materias, se priorizará el uso de las ventanillas virtuales dispuestas por el Consejo de la Judicatura, así como el sistema de turnos web, y además, se mantendrá activa la oficina de gestión judicial electrónica. (I)