El artículo 196 de la Constitución de Montecristi señala que el o la fiscal general del Estado permanecerá en funciones durante seis años y no podrá reelegirse.
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El periodo de Diana Salazar culmina en abril del 2025. No puede ser reelegida, según lo determina la Constitución vigente.
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El artículo 196 de la Constitución de Montecristi señala que el o la fiscal general del Estado permanecerá en funciones durante seis años y no podrá reelegirse.
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