A las 15:13 del 1 de octubre, la presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, notificó al presidente de la República, Guillermo Lasso, de la resolución adoptada por el Consejo de Administración Legislativa el pasado 29 de septiembre de no calificar el proyecto de Ley de Creación de Oportunidades por no cumplir con los requisitos constitucionales y legales de unidad y de materia.

Además el documento fue remitido con copia al director del Registro Oficial, Hugo del Pozo Barrezueta, para su publicación respectiva y dejar constancia de la devolución del proyecto de ley porque no cumple con el requisito de unidad de materia establecido en el artículo 136 de la Constitución de la República y numeral 1 del artículo 56 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Advierten de posible arrogación de funciones del CAL por no calificar el proyecto urgente Creando Oportunidades

En el documento se considera que en el proyecto de Ley de Creación de Oportunidades no se evidencia la relación de conexidad causal, temática, teleológica y sistemática de los contenidos normativos establecidos, respecto a las reformas propuestas a las leyes: Código del Trabajo, Código de Ingenios, Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, Ley para el Desarrollo de la Agricultura y Pesca, Ley de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control del uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización, la Ley de Agrobiodiversidad, Ley Notarial, Ley de Ordenamiento Territorial y Uso Gestión del Suelo, Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, y la Ley de Movilidad Humana.

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Según la resolución aprobada el 29 de septiembre por cinco integrantes del Consejo de Administración Legislativa (CAL), la propuesta del Ejecutivo presenta vicios de inconstitucionalidad al afectar la progresividad de los derechos de las personas.

Consejo de Administración Legislativa devuelve al Ejecutivo el proyecto urgente de Creación de Oportunidades

Guadalupe Llori sostiene que no todas las reformas presentadas se refieren al aspecto sustantivo de las políticas económicas, o se refieren al equilibrio de las finanzas públicas.

Además que la no calificación de un proyecto por parte del CAL permite al proponente subsanar su propuesta para que el trámite legislativo cumpla con los requisitos que establece la Constitución, de esa forma pase a la comisión respectiva y luego al pleno de la Asamblea para su aprobación.

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Llori señala que Ecuador puede ver que la nueva Asamblea legisla con absoluta responsabilidad y no ha pretendido bloquear el proyecto del Ejecutivo, e insiste que no se calificó porque no cumple con lo que estipula el artículo 136 de la Constitución, que impide tratar proyectos de ley que no cumplen con los requisitos constitucionales y legales exigidos.

Ratifica que el Parlamento tenía 30 días para conocer y resolver este proyecto urgente, pero como no se aprobó en el CAL, dejan de correr los plazos constitucionales.

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Además comenta que se deben hacer bien las cosas y que siempre ha invitado al Ejecutivo a trabajar junto al poder Legislativo, y demostrar al país que es posible el encuentro por la reactivación económica, el empleo, la equidad, la inclusión y la justicia social.

La normativa no contempla plazos para que el Ejecutivo vuelva a remitir un proyecto que no haya sido calificado por el CAL, por no cumplir requisitos.

El coordinador de la Bancada Acuerdo Nacional (BAN), Juan Fernando Flores, indica que así como las demás bancadas y cinco miembros del CAL tomaron una decisión frente al proyecto urgente, la bancada oficialista tiene el mismo derecho para tomar las decisiones que considera pertinentes frente a lo resuelto.

Comenta que si las bancadas, que se pronunciaron porque el proyecto no sea calificado, tienen la voluntad política para sentarse a dialogar serán bienvenidos, pero que si la intención es marcar la línea de gobierno, que no se equivoquen porque el Gobierno llegó con un respaldo del pueblo ecuatoriano y seguirá en su propósito de hacer lo que es fundamental para los ecuatorianos y no para el interés de las bancadas.

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Aclara que las bancadas que actúan en la Asamblea Nacional no pueden marcar la línea sobre las condiciones en que se va a conversar y mucho menos señalar al presidente de la República qué es lo que puede o no hacer.

Flores anuncia que en este momento el Gobierno revisa cada una de las opciones y alternativas que tienen tras la decisión que tomó el CAL, y que están contempladas en la Constitución y las leyes. “Vamos a esperar para definir junto al presidente de la República cuál será ese elemento, y será comunicado al país”, subraya.

Precedentes

La devolución al Ejecutivo de proyectos de ley calificados como urgentes en materia económica tiene precedentes en la Asamblea Nacional.

En marzo de 2021, en la administración de César Litardo, el CAL notificó al exmandatario Lenín Moreno la no calificación del proyecto de ley urgente que reformaba al Código Orgánico Monetario Financiero para la Defensa de la Dolarización, remitido en febrero de 2021, por considerar que podría vulnerar expresas disposiciones constitucionales.

El proyecto de ley, según la Unidad Técnica Legislativa no cumplía con los requisitos formales descritos en el artículo 136 de la Constitución y 56 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que se basa en la no presentación de articulado en el texto propuesto, lo cual no podría continuar con su tramitación. Se observó que el proyecto proponía reformar en una sola disposición tres o más artículos de la ley.

El CAL que negó la calificación del proyecto urgente a más del presidente César Litardo, lo integraban dos legisladores del movimiento CREO, Patricio Donoso, actual ministro de Trabajo, y Rina Campaín, asambleísta reelecta por esa misma organización.

El Ejecutivo terminó realizando los correctivos necesarios y volvió a remitir su propuesta de ley para la aprobación. (I)