El presidente de la República, Guillermo Lasso, incumplió el Plan Nacional de Desarrollo y el plan de gobierno presentado al Consejo Nacional Electoral (CNE), según lo determinó este 4 de octubre la Asamblea Nacional mediante una resolución plenaria que tuvo el respaldo de 103 votos.

Los únicos que no aprobaron la resolución presentada por la presidenta de la Comisión de Régimen Económico y Tributario, Mireya Pazmiño (PK-rebelde), fueron el sector oficialista Acuerdo Nacional y un grupo de independientes que reunieron 21 votos entre abstenciones y en contra.

Con lo resuelto por el Parlamento se determinó la inobservancia de las obligaciones del primer mandatario a sus obligaciones contempladas en la Constitución de la República del Ecuador y en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, sobre la disposición de presentar el Informe de Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo.

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Con ese resultado, según Mireya Pazmiño, cualquier asambleísta o bloque legislativo puede iniciar o presentar un pedido de juicio político en contra del presidente de la República, Guillermo Lasso, y llegar hasta su destitución.

Está abierta la posibilidad de que desde la Asamblea Nacional se pueda solicitar un juicio político al presidente Guillermo Lasso, por incumplimiento de funciones y destitución del cargo, reiteró Pazmiño, quien hizo el análisis del cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y el plan de gobierno, durante 30 días de plazo.

Resaltó que el informe que presentó la Presidencia de la República estuvo incompleto, por lo que se pidió información a las diferentes carteras de Estado y que algunas proporcionaron y otras no. En el informe sobre el cumplimiento de metas, el Gobierno informó de manera amplia y no especificó el real cumplimiento del plan presentado ante el CNE. Tampoco se señaló qué hizo el régimen para cumplir las metas.

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Pazmiño destacó que muchas cifras que se presentaron fueron inconsistentes, por ejemplo, el primer mandatario hablaba de cierta cantidad de casas construidas, cuando en realidad hasta el día de hoy no superan las 200.

Informe

El 5 de julio pasado, la Comisión de Régimen Económico y Tributario remitió a la presidencia de la Asamblea Nacional el Informe No Vinculante respecto al Informe a la Nación del Presidente de la República del Ecuador, Guillermo Lasso Mendoza, aprobado el 4 de julio de 2022.

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En la tercera conclusión del referido informe se establece que “el Presidente de la República, en su Informe a la Nación, incluyó el Reporte de Metas del Plan Nacional de Desarrollo 2021-2025, en el que presentó resultados de 41 metas (31,5%), y sobre 89 metas restantes (68,5%), no entregó información”.

La cuarta conclusión señala que la “para el trabajo de la Comisión, se solicitó información adicional a la Secretaría Nacional de Planificación, respecto de los avances en relación con las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo”.

En un quinta conclusión de la comisión establece que se ha incumplido con la disposición de presentar el Informe de Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo al Consejo Nacional de Planificación, para que este organismo emita la resolución correspondiente.

Que de acuerdo con lo que informa el Secretario Nacional de Planificación, no existe un informe de evaluación del Plan Nacional de Desarrollo para el primer año de gobierno, incumpliéndose así los artículos 24 y 39 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

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La ley orgánica de la Función Legislativa, en su artículo 44, determina que el Presidente de la República presentará su informe anual de labores, cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los objetivos que el gobierno se propone alcanzar durante el siguiente año, ante el Pleno de la Asamblea Nacional en sesión solemne.

El Pleno de la Asamblea Nacional, en el plazo máximo de diez días desde la presentación del informe anual de labores, designará una comisión especializada para que lo analice. La comisión especializada en el plazo máximo de treinta días elaborará un informe motivado para conocimiento del pleno de la Asamblea Nacional. Una vez que conozca el informe de la comisión, en un solo debate, el pleno de la Asamblea Nacional se pronunciará sobre el informe anual de labores presentado por el Presidente de la República. (I)