Sonia Vera, abogada internacional del exvicepresidente Jorge Glas Espinel, sostuvo que el traslado de su defendido a la Cárcel del Encuentro, en Santa Elena, se constituye como un "acto de desacato y humillación institucional cometido por el presidente Daniel Noboa".

“La publicación de imágenes del beneficiario en reclusión, acompañadas de expresiones de burla y escarnio, constituye una violación directa a la orden vinculante de la Corte IDH que prohíbe toda forma de exposición o trato incompatible con la dignidad humana, e impone al Estado el deber reforzado de protección y respeto”, reaccionó la abogada de Glas, minutos después de que Noboa confirmó el traspaso del exvicepresidente a este centro carcelario.

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A las 19:36, de este lunes, 10 de noviembre de 2025, Daniel Noboa informó que entre los 300 presos, considerados por el Gobierno de ‘alta peligrosidad’, se encuentra Glas Espinel.

“Bienvenido al nuevo hogar. Pronto llegarán otros criminales”, escribió el mandatario.

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Sobre esta acción, Sonia Vera recordó que el exvicepresidente es “beneficiario de medidas provisionales vigentes ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, mediante una resolución del 17 de octubre.

“El anuncio público de un traslado penitenciario del beneficiario sin notificación a su defensa, sin informe médico y sin la intervención de la Mesa Técnica ordenada por el sistema interamericano configura una transgresión grave y dolosa de la Convención Americana, de su Reglamento, y de los estándares internacionales sobre medidas provisionales y custodia estatal de personas en riesgo”, resaltó la jurista.

A la vez, la abogada de Glas sostuvo que el traslado de su defendido “no no es un exceso comunicacional, sino un acto de Estado que desacata una decisión jurisdiccional internacional, compromete la responsabilidad internacional del Ecuador, y pone en riesgo real, actual y grave la vida e integridad del beneficiario”.

“En el contexto de una nueva masacre penitenciaria y de un proceso electoral en curso, la utilización del sistema carcelario como herramienta de propaganda constituye un uso político del dolor humano y una manifestación de tortura psicológica institucionalizada, proscrita de forma absoluta por el derecho internacional de los derechos humanos”, finalizó Vera.

Glas Espinel fue trasladado a esta prisión, desde la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil, por condenas que tiene en firme por casos de corrupción, como Odebrecht y Sobornos, y una sentencia de primera instancia por peculado en el caso Reconstrucción de Manabí.

El pasado 3 de noviembre, la defensa del exvicepresidente de la República informó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) concedió medidas provisionales a su favor “al constatar el riesgo cierto de daño irreparable a su vida, integridad personal y salud física y mental”.

Según Sonia Vera, la Corte le ordenó al Estado ecuatoriano lo siguiente:

  1. Garantizar atención médica, psicológica y psiquiátrica permanente.
  2. Permitir visitas de su familia, defensa y médicos de confianza.
  3. Mantener la mesa técnica de salud.
  4. Rendir informes periódicos a la Corte sobre su estado.

A la vez, la Corte negó hospitalización urgente en una unidad médica con capacidad psiquiátrica, la aplicación de un régimen de arresto domiciliario terapéutico y un traslado a otro centro de privación de libertad. (I)