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Si estás refugiado o asilado en Estados Unidos puedes usar esa misma visa para ‘pedir’ a algunos familiares

Muchos latinos reciben ese estatus al ingresar al país. Si es uno de ellos, su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años son elegibles para reunirse con usted

Conozca los requisitos que exige USCIS, la agencia de inmigración y ciudadanía norteamericana. Foto: Stadtratte

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Las personas asiladas o refugiadas en Estados Unidos pueden ‘pedir’ a algunos de sus familiares. Aplica para los que entraron al país en los últimos dos años, según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).

“La relación familiar con las personas para las que solicites el estatus derivado de refugiado o asilado debe haber existido antes de su traslado a los Estados Unidos”: cónyuge o hijos menores de 21 años.

“Para realizar la solicitud deberá presentar el Formulario I-730, Petición de Familiares de Refugiados y Asilados, que es gratuito”.

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“En el caso del cónyuge, el formulario se debe presentar en los dos años inmediatos a que le fuese concedido el estatus de asilo o de su entrada como refugiado. Este periodo se puede extender por razones humanitarias”.

(I)

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