Extranjeros que acumulan más de diez años ininterrumpidos en Estados Unidos podrían optar por la legalización, a través de la ‘Ten Years Law’ (Ley de los Diez años).

Esta herramienta legal, señala Miami Diario, “se utiliza como defensa para impedir la expulsión y modificar su estatus a residente permanente”.

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Sin embargo, aclaran que “Ten Years Law no está considerada como una herramienta legal para acceder a la residencia permanente”. Se aplica en casos precisos y bajo ciertas condiciones, en las que el migrante demuestra las razones por las que debe permanecer en suelo estadounidense.

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Para aplicar, ten cuidado

Debes tener cuidado porque hay mucho engaño, estafa, fraude y falsas esperanzas con la ley de Diez Años, advertía el abogado Jorge Rivera, experto en Inmigración, a través de un video divulgado hace 4 meses.

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Señala que hay abogados y notarios que le dicen a la persona: “¿tú tienes más de 10 años aca?”. Y la siguiente pregunta es si tienes los familiares inmediatos (esposo, padre o hijo ciudadano o residente)

“Si dices que sí, te abren el caso y ni te preguntan si tienes el sufrimiento, que es un requisito para que te aprueben el caso”, informa.

Así engañan a la persona que no está en proceso de deportación, explica, “porque le aplican por un asilo que se lo van a negar y al negárselo prácticamente lo están poniendo a las puertas de un proceso de deportación y al final del día te terminan negando el caso”. “Eso es una estafa”, asevera Rivera.

Foto: Pixabay/ Advogado Aguilar

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“Muy diferente es si ya estás en proceso de deportación, porque hay algo que pelear, algo que presentar y defender en la corte”, indica.

Otra posibilidad es si realmente tienes un sufrimiento, “como un hijo en silla de ruedas, una esposa que está paralizada, un padre o madre que esté en el hospital y necesita cirugía, estas circunstancias justifican un sufrimiento fuerte, palpable y que se puede documentar”.

¿En qué casos aplica la ley?

Un inmigrante “que reside ilegalmente en Estados Unidos durante más de 10 años no puede acceder a la Green Card debido a su historial migratorio”.

Pero hay excepciones en las que puede obtenerla, solo y si cumple con los siguientes criterios”, dice Miami Diario:

  1. Residencia ininterrumpida durante 10 o más años, es decir sin salir del país.
  2. En ese período permaneció como una persona de buen carácter moral.
  3. No tiene condenas por delitos conforme a la secciones especiales de la 8 USC 1229b ni acusaciones graves de otra índole.
  4. Demostrar que la expulsión resultaría en dificultades extremas individuales, para su cónyuge, hijos o padres.
Foto: Pixabay/ Advogado Aguilar

Las autoridades migratorias, “oficiales encargados, jueces y fiscales comenzarán una evaluación exhaustiva para determinar si efectivamente el extranjero puede permanecer en el país”.

Por otra parte, “en aquellas circunstancias donde la expulsión represente un daño extremo a un tercer calificado, se necesitarán pruebas de la situación”.

El peso que se le dará a lo expuesto en la audiencia, quedará a la entera discreción del fiscal y resto de autoridades migratorias. Los casos que se consideren de extremo sufrimiento y que realmente afecten a otro, debe ser “reales y creíbles”.

Para el abogado Jorge Rivera, la asesoría en el tema de la Ley de Diez años “es clave para que no te engañen”.

(I)

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