El gobierno de Daniel Noboa plantea reformar parcialmente el artículo 393 de la Constitución con el objetivo de permitir el uso de castración química como medida contra personas con sentencia ejecutoriada por violación.
“El Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos”, dice el artículo 393 de la Carta Magna.
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Según el portal web de la clínica Cleveland, un reconocido hospital del estado de Ohio, Estados Unidos, la castración química consiste en detener la producción de hormonas sexuales.
Esto se puede lograr con píldoras, inyecciones o implantes subcutáneos, dependiendo del tratamiento elegido. Sin embargo, la clínica describe el procedimiento como una medida para tratar ciertos tipos de cáncer que se alimentan de hormonas sexuales (próstata, mama), y no como una medida contra criminales.
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Detener la producción de hormonas sexuales reduce la libido (deseo sexual) y la respuesta a estímulos visuales o físicos. “Podrías no tener una erección en reacción a tocar tus genitales, por ejemplo”, explica la página de la clínica Cleveland.
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También acarrea una serie de efectos secundarios, como osteoporosis, enfermedades al corazón, depresión y anemia, entre otros.
A diferencia de la castración quirúrgica, la química es reversible una vez que se deja de tomar el tratamiento. No obstante, la clínica Cleveland señala que en ciertos casos raros podría ser permanente con el mismo procedimiento.
Además de la castración química, Noboa plantea crear un registro de personas con sentencias ejecutoriadas por delitos sexuales. (I)