La mediación, una alternativa judicial para resolver de manera confidencial los conflictos en al menos una docena de causas, es un proceso considerado célere porque puede tomar entre dos horas y un mes para llegar a un acuerdo.
Ese tiempo estimado, dependiendo el caso, es el que destaca Mariana Villavicencio, directora nacional del Centro de Mediación de la Función Judicial encargada. Esta labor, que se realiza en 140 oficinas instaladas en 116 cantones de 24 provincias, afirma que ha “descongestionado en un 15 % la carga procesal de las unidades judiciales”.
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La funcionaria asegura que ese alivio procesal se alcanzó en enero de 2026 y se mantuvo en 14,5 % durante el 2025. Esto es considerado “muy satisfactorio”, ya que “hemos superado fácilmente la meta, que es del 12 %”, explica.
A nivel nacional se recibieron 57.895 causas en 2025, según cifras del Centro Nacional de Mediación de la Función Judicial. De ellas, se lograron acuerdos en el 69,85 % (40.439) de los casos y en el 2,8 % (1.653) no hubo consenso entre las partes.
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En otro 19 % (11:020) se registraron constancias de imposibilidad de audiencia, lo que significa que una o ambas partes no asistieron a las audiencias; en el 5,7 % (3.320) se registró razón, que se da cuando se detectan vicios de consentimiento o no se cumplen aspectos legales; y el restante 2,5 % (1.463) consta en trámite.
Los ciudadanos pueden acceder a este servicio de mediación a través de tres mecanismos:
- Por solicitud, cuando el usuario pide esta mediación en las unidades de manera presencial o virtual. Si prefiere la vía telemática, puede ingresar su petición al link https://appsj.funcionjudicial.gob.ec/mediacion/public/homeSolicitud.jsf, para lo cual las partes deberán contar con firma electrónica.
- Por derivación judicial, cuando el juez traslada el caso.
- Por remisión de tránsito, en caso en que las partes realicen el pedido de conciliación al fiscal, quien dispondrá el traspaso de la causa.
El 84 % de los casos fueron por solicitud directa durante el 2025 y alcanzó el 86 % en enero de 2026; el 14 % fue derivado por jueces el año pasado y bajó al 13 % en enero pasado; y el restante 2 % fue enviado por los fiscales de tránsito en 2025 y en enero de este año, de acuerdo con las cifras del Centro Nacional de Mediación.
La mediación se puede solicitar en los siguientes casos:
- Familia: pensiones alimenticias, tenencias, visitas.
- Civil: incumplimiento de contrato, cobro de deudas, indemnizaciones por daños y perjuicios.
- Contratación pública: incumplimientos de contrato, multas.
- Inquilinato: desocupación de inmueble, devolución de garantía, incumplimiento de contrato, pago de cánones de arrendamientos.
- Laboral: liquidación de haberes, jubilaciones patronales, sueldos atrasados.
- Convivencia social y vecinal: respeto de normas de convivencia comunitaria y/o uso de áreas comunales.
- Consumidores y usuarios: pago de servicios básicos, reclamos por mala calidad del servicio.
- Tributario: obligaciones tributarias
- Penal: adolescente en conflictos con la ley (únicamente por derivación judicial), infracciones de tránsito.
La materia más solicitada por los usuarios son -según la entidad - los relacionados con la familia, con el 71 % de las causas en 2025 y el 72 % en enero de 2026. Los civiles representaron el 16 % en 2025 y el 13 % en enero anterior; y otros procesos significaron el 13 % de los casos el año pasado y el 15 % en enero último.
Villavicencio estima que las mediaciones en temas de familia e inquilinato se toman en promedio unas dos horas por proceso de mediación. Mientras que en casos de contratación pública, por la carga de información, el mediador podría tomarse quince días, un mes y hasta un mes y medio aproximadamente.
El proceso de mediación no se puede aplicar en los siguientes casos:
- Infracciones de tránsito, cuando exista la muerte de uno de los involucrados en el siniestro, incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano.
- En las infracciones contra la eficiente administración pública o que afecten a los intereses del Estado.
- En delitos contra la inviolabilidad de la vida, integridad y libertad personal con resultado de muerte.
- En delitos contra la integridad sexual y reproductiva.
- En casos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
- En causas con pena privativa de libertad que supere los cinco años.
- En procesos contra la propiedad que exceda los treinta salarios básicos unificados del trabajador en general.
Ingresos generados por mediación
Los centros de mediación registraron ingresos por $ 423.185 en 2025 y por $ 30.229 en enero de 2026. Estos recursos son obtenidos por las tasas administrativas que se cobran a los usuarios, en determinados casos:
- Materia indemnizatoria
- Materia mercantil
- Materia civil
- Inquilinato
- Tránsito
- Contratación pública
- Laboral (cuando la mediación sea solicitada por el empleador).
En casos civiles o patrimoniales, se contempla un pago de $ 20 por costos iniciales y luego, cuando se establecen cuantías en el proceso, se aplica un tarifario que consta en la página electrónica del Consejo de la Judicatura.
Por ejemplo, si la cuantía es de $ 1 a $ 1.000 será de $ 20; si es de $ 1.001 a $ 2.000, $ 40; de $ 2.001 a $ 3.000, $ 60; de $ 3.001 a $ 4.000, $ 80; de $ 4.001 a $ 5.000, $ 100; de $ 5.001 a $ 7.000, $ 120; de $ 7.001 a $ 9.000, $ 140; de $ 9.001 a $ 11.000, $ 160. Así, va aumentando hasta de $ 94.001 a $ 100.000, en $ 1.350; y de $ 100.00 en adelante, el 1,5 % de la cuantía.
En el caso de que las solicitudes directas tengan una cuantía inferior o igual a un salario básico unificado, se establece que no se cobrará el costo inicial del servicio. Y en caso de existir acuerdo, se indica que se cobrará un 3 % de la cuantía final del acuerdo, cuando este no supere el monto de un salario básico unificado.
Además, la directora del Centro de Mediación sostiene que la labor de estas unidades han logrado además una “optimización de recursos al Estado” que ascendería a $ 17,9 millones en 2025 y de $ 1,3 millones en enero de este 2026.
Servicio es gratuito para estas causas:
- Materia de familia, mujer, niñez y adolescencia en asuntos de fijación de pensión alimenticia, tenencia, régimen de visitas, alimentos congruos y ayuda prenatal.
- Laboral en asuntos de liquidaciones y jubilaciones patronales cuando sean solicitados por la trabajadora o trabajador.
- Asuntos de convivencia social o vecinal.
Este servicio judicial aún es desconocido para una parte de la población. Por ello, el Centro de Mediación realiza jornadas de promoción y socialización de esta opción para resolver causas con la comunidad.
“Muchas veces las personas creen que el conflicto solamente se soluciona a través de la administración de justicia sin conocer la mediación como una alternativa eficiente para solucionarlo como vía previa, preliminar a acceder a un proceso legal”, refiere Villavicencio.
La directora señala que tienen 145 mediadores, entre ellos cuatro especializados en adolescentes en conflicto con la ley. Cada uno tiene una meta de por lo menos cinco audiencias diarias.
“Es un trabajo muy extenuante. Sin embargo, ya tenemos mediadores de larga data que ya se han acostumbrado a esta carga procesal”, indica y agrega que una nueva oficina se prevé abrir en este año en Archidona, Napo. Al momento, asegura Villavicencio, están en el proceso de selección de un abogado que realice las funciones de mediador en quechua.
En Guayaquil funcionan catorce unidades, entre ellas, en el mezanine del edificio de la Corte Provincial de Justicia de Guayas, ubicado en la av. 9 de Octubre entre av. Quito y Pedro Moncayo; en los complejos judiciales de Florida Norte y Valdivia; en las UPC de Bastión Popular, Cisne 2, Fortín 1, isla Trinitaria, entre otros. (I)