Ocho meses de cárcel, más el pago de dos salarios básicos unificados y $ 1.000 como reparación integral fue la condena que recibió Benjamín T. por agredir a su pareja en un bus de transporte público.

La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha ratificó la sentencia para el agresor, la mañana de este miércoles, 29 de noviembre, debido a que a este presentó un alegato, mencionando que el pasado 11 de septiembre de 2020 él no golpeó a la víctima, sino que ella se hizo daño por voluntad propia y la justicia indígena ya lo castigó por el delito causado.

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Por su parte, la Fiscalía General del Estado (FGE) demostró que no existían pruebas de ello y logró llegar hasta los exámenes médicos de la víctima. Estos evidenciaron que el condenado le había sacado un diente a la mujer por los múltiples golpes que le propinó contra la ventana del transporte público.

Además, testigos del hecho confirmaron la identidad del individuo y contaron que en medio de una escena de celos, el atacante de 25 años le quitó el celular de la mano para ver con quién chateaba y posteriormente le pegó, hasta dejarla con moretones en todo el rostro.

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Su detención se dio por la injerencia del conductor del bus y el controlador, quienes trasladaron a la ciudadana de 33 años a un hospital y esperaron a la Policía Nacional para que se haga cargo del condenado.

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Según el artículo 152 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el delito de violencia intrafamiliar tiene como consecuencia una pena de dos meses a un año de cárcel, dependiendo de la gravedad del acontecimiento. (I)