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Muerto ‘Don Naza’ y el sobreseimiento dictado por un juez a procesados, ¿qué pasa con la investigación del caso Big Money?

Miguel Ángel Nazareno y dos personas más recibieron sobreseimiento en el presunto delito de captación ilegal de dinero

Agentes de Criminalística en Amaguaña, al suroriente de Quito, en donde fue encontrado sin vida Miguel Ángel Nazareno, alias Don Naza Foto: API

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Actualizado el 

El mismo día que Miguel Ángel Nazareno, alias Don Naza, fue encontrado sin vida, maniatado en una vía de tercer orden en la parroquia de Amaguaña, en el suroriente de Quito, el juez Carlos Bowen dictó sobreseimiento a favor del hoy occiso y dos personas más por el delito de captación ilegal de dinero.

El sobreseimiento, según el experto en derecho penal Sebastián Cornejo, conlleva al archivo del proceso debido a que no existieron indicios en la comisión de un delito.

‘Don Naza’ fue sepultado en El Carmen, Manabí, en un acto discreto que tuvo resguardo

La Fiscalía inició una investigación el 24 de junio de 2021, cuando el caso salió a la luz. En octubre de 2021 se inició la instrucción fiscal en contra de Nazareno, su cónyuge, Gabriela B. y Dayana S., supuesta sobrina.

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Después de que se le declararan medidas alternativas, Don Naza las incumplió. Ante esto, la Fiscalía solicitó se dicte prisión preventiva. Por su parte, el juez Bowen dictó la presentación del procesado una vez al mes, disposición que tampoco fue cumplida.

El 8 de abril, la Fiscalía solicitó por segunda ocasión la prisión en contra de Miguel Ángel Nazareno y demás vinculados. Sin embargo, quedó pendiente hasta el 14 de abril, en donde finalmente el juez dictó el sobreseimiento, horas después de que se confirmó la muerte del promotor de Big Money, la plataforma de captación de dinero.

“En el tema de Don Naza ya no se debería analizar el tema de sobreseimiento porque él ya incurre en un tema de extinción de la pena, por el caso de su muerte”, añadió Cornejo.

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Sin embargo, para las otras dos personas procesadas sí aplicaría el sobreseimiento y modificación de las medidas cautelares dictadas el viernes.

Es decir, el dictamen del juez otorgaría el archivo de la denuncia realizada. Por su parte, la Fiscalía General del Estado (FGE) presentó el recurso de apelación a este dictamen de primera instancia, puesto que sostiene que existen más de 80 pruebas que comprobarían el delito cometido.

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Según un boletín de la Fiscalía, se demostró que los procesados “captaban dinero en efectivo y mediante transferencias directas a sus cuentas bancarias. Además, a través de la plataforma Big Money ofrecían pagos hasta con el 90 % del valor que se invertía, en un plazo de ocho días”.

Se consultó con un juez de la Unidad Judicial Iñaquito, quien explicó que primero se debió establecer la muerte de uno de los procesados para declarar la extinción de la acción penal, antes de la acusación de la Fiscalía y del dictamen de sobreseimiento.

Esto, tomando en cuenta que “no se puede dictar sobreseimiento a una persona que ha fallecido, sino a alguien que no se le encontraron elementos de convicción y que está con vida”, añadió.

Sebastián Cornejo indicó que el recurso de apelación significa que el proceso será elevado a un tribunal superior, en este caso a la Corte Provincial.

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“Si en la apelación se logra demostrar que existen indicios de responsabilidad penal en grado de autor o cómplices a las personas procesadas, el juez dictará que quede sin efecto el auto de sobreseimiento y pida que el proceso penal continúe”, argumentó.

De ahí se daría una audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, para luego pasar a la etapa de juicio por presunta captación ilegal de dinero.

El artículo 323 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece: La persona que organice, desarrolle y promocione de forma pública o clandestina, actividades de intermediación financiera sin autorización legal, destinadas a captar ilegalmente dinero del público en forma habitual y masiva, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

El juez consultado indicó que para la captación ilegal de dinero no hace falta comprobar el perjuicio económico para iniciar un caso por ese delito. La prueba necesaria es demostrar la creación de este tipo de actividad de recepción de dinero, pues eso ya constituye como delito. Es decir, la propaganda de la empresa Big Money ya constituye una prueba para iniciar acciones legales, sostuvo el profesional del derecho.

Así fue el hallazgo del cadáver de ‘Don Naza’ en la parroquia Amaguaña, en el suroriente de Quito; estaba atado de manos

Otro escenario es que los jueces de la Corte Provincial ratifiquen el sobreseimiento y se dicte la sentencia con el archivo del proceso.

“Otra posibilidad es que, si existen elementos o indicios de la comisión de otro delito, se vuelva a abrir otra investigación previa en contra de los señores, pero por otro delito, ya no por el que estamos analizando en este momento”, indicó Sebastián Cornejo.

Sobre la posibilidad de acudir a otra instancia, después de la Corte Provincial, el abogado explicó que podrían plantearlo a la Corte Constitucional, pero que, en las vías ordinarias, el proceso terminaría con el dictamen de los jueces provinciales. (I)

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