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Hoy no Circula: así será la restricción vehicular por el toque de queda en Quito este domingo 9 de mayo

Desde las 20:00 del viernes inició el tercer fin de semana con toque de queda, la restricción será hasta las 05:00 del lunes 10 de mayo

Foto: Andrés Salazar

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Ningún vehículo podrá circular en todo el Distrito Metropolitano de Quito, tampoco personas a pie durante todo el domingo 9 de mayo.

El Decreto 1291 firmado por el presidente Lenín Moreno declaró en estado de excepción a 16 provincias desde el viernes 23 de abril. Allí se establece que desde el viernes a las 20:00 hasta el lunes a las 05:00 entrará en vigencia el toque de queda.

Para traslados al aeropuerto, el pasajero deberá mostrar el tique de viaje, original o copia, para que se le permita circular. De forma similar para quien debe dejar o recoger al pasajero.

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El servicio de taxis sí podrá funcionar durante las 24 horas, sin embargo, durante el toque de queda deberán transportar únicamente al personal estratégico o de primera línea que podrá demostrar mediante su credencial el motivo de su desplazamiento.

El servicio de transporte Ecovía y Trolebús brindará movilización para el personal esencial en tres horarios especiales. Es fundamental que porten la credencial habilitante que certifique que pertenecen a uno de estos sectores.

Horarios de operación del servicio de transporte Ecovía y Trolebús que atenderán a personal estratégico y de primera línea en toque de queda

Los salvoconductos emitidos por las autoridades municipales no tendrán vigencia y ya no se emitirán nuevos mientras dure el estado de excepción.

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Así serán los horarios de movilidad vehicular en Quito:

Día de la semanaLibre movilidadToque de queda
LunesDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día
MartesDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día
MiércolesDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día
JuevesDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día
ViernesDe 05:00 a 20:00Desde las 20:00
SábadoTodo el día
DomingoTodo el día hasta las 05:00 del lunes

las medidas de restricción no aplicarán para las personas que formen parte de las excepciones determinadas por el COE nacional.

¿Quiénes pueden movilizarse durante el toque de queda?

Además, el organismo nacional habilitó también a los funcionarios de la Defensoría Pública, Comité de Transición del Gobierno electo y saliente debidamente acreditado, servicios funerarios, cadena de la construcción y cadena conexa. (I)

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