El Ministerio de Educación expidió un nuevo acuerdo de medidas socioeducativas y disciplinarias este mes de abril del 2026.
Según esa cartera de Estado, la disposición optimiza la gestión de conflictos para dar paso a soluciones efectivas.
Resaltó que las autoridades educativas tienen ahora más facultades para actuar de forma inmediata.
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Agregó que se buscan respuestas rápidas ante faltas disciplinarias, menos trámites y más formación.
Además, se refuerza la atención especializada en casos de acoso escolar o violencia. Estos procesos serán derivados con celeridad a la Junta Distrital de Resolución de Conflictos.
El acuerdo, expedido por la ministra Gilda Alcívar, detalla que se delega a las máximas autoridades de los establecimientos educativos, conocer y resolver directamente las faltas disciplinarias previstas en el artículo 211 de la Codificación de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, excepto las faltas relacionadas con acoso escolar, violencia escolar, hostigamiento académico o situaciones donde esté involucrado el personal educativo o administrativo de la institución, cuya competencia será exclusivamente de la Junta Distrital de Resolución de Conflictos.
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Faltas disciplinarias y medidas aplicables
Las autoridades institucionales, sostiene el documento, estarán en la obligación de aplicar las medidas educativas disciplinarias para los estudiantes cuando se relacionen con las faltas como:
1. Cometer fraude o deshonestidad académica: copiar un trabajo académico por cualquier medio, con su consentimiento. Utilizar notas u otros materiales durante una evaluación sin la autorización del docente. Presentar como propio el trabajo, ideas o textos de otra persona o de internet sin citar la fuente. Realizar un examen o una tarea por otra persona.
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2. Alterar la paz, la convivencia armónica e irrespetar los códigos de convivencia de los centros educativos: usar el uniforme en situaciones de riesgo (peleas, consumo de drogas, en bares, discotecas y otros que afecten el bienestar del estudiante) fuera del establecimiento educativo. Abandonar cualquier actividad educativa y la institución sin autorización o justificación. Solicitar contribuciones económicas sin autorización de la autoridad educativa. Consumir alcohol, tabaco y otras drogas ilegales dentro de la institución educativa. No cumplir con los acuerdos y compromisos establecidos en el código de convivencia.
3. Deteriorar o destruir en forma voluntaria las instalaciones institucionales y los bienes públicos y privados: dañar, destruir o deteriorar intencionalmente los materiales o recursos educativos que la institución presta a los estudiantes para su uso, con la obligación de cuidarlos y devolverlos en buen estado. Rayar, escribir o dibujar sobre escritorios, puertas o paredes de la institución educativa. Extraviar los bienes de la institución educativa: equipamiento, mobiliario y equipamiento técnico.
4. No cumplir con las disposiciones contenidas en la Codificación de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (obligaciones y responsabilidades de los estudiantes): no tratar con respeto a los miembros de la comunidad educativa.
5. Obstaculizar o interferir en el normal desenvolvimiento de las actividades académicas y culturales de la institución: realizar acciones proselitistas relacionadas con movimientos o partidos políticos. Sabotear procesos electorales de la institución educativa y demás órganos de participación de la comunidad educativa. Promover la paralización del servicio educativo al incitar a otros estudiantes a abandonar o interrumpir actividades académicas. Interrumpir constantemente las clases mediante gritos, bromas excesivas, ruidos, ingresar o salir del aula sin autorización o conductas que impidan el desarrollo normal de la actividad académica. No incluye estudiantes con necesidades educativas asociadas o no a una discapacidad.
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El catálogo antes mencionado es referencial y podrá ser ampliado en los códigos de convivencia de las instituciones educativas, según el documento.
Control de autoridades
Según el viceministro de Gestión Educativa, Juan Carlos Rodríguez, antes del acuerdo ministerial, todos los procesos disciplinarios se llevaban en los distritos, y el volumen de casos que tenían que atender hacía que las resoluciones se generen tarde, mal o nunca.
“Estamos apostando precisamente a que los maestros, los directivos de las instituciones educativas, recobren precisamente la potestad de control para mejorar notablemente el marco de convivencia”, dijo. (I)




