Que un evento masivo se pueda dar en Ecuador dependerá de las intendencias así como de los organizadores de los mismos. El Ministerio de Gobierno emitió un comunicado este viernes en el que resaltaba que el decreto 135 determinaba que en el ámbito de sus competencias y en coordinación con las instituciones pertinentes podrán autorizar eventos públicos, actividades turísticas y similares en lugares donde no exista riesgo de violencia, previa evaluación.

El decreto al que se refiere la entidad es aquel que modificó la restricción de libertad de tránsito y estableció una categorización a través de niveles de los cantones.

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En total son 61 ciudades que aún cuentan con la restricción y se encuentran en niveles alto y medio. Para el primer grupo el horario de toque de queda es de 00:00 a 05:00, mientras que para el segundo es de 02:00 a 05:00.

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Los trámites que se realicen para la aprobación de los eventos se los realizará en las intendencias de cada provincia y habrá previa evaluación del riesgo de violencia.

“Cabe aclarar, que para las actividades con aforos superiores a 400 asistentes los responsables de las mismas deberán presentar un exhaustivo y detallado plan de seguridad y riesgo para su análisis y evaluación, previa a su autorización”, se añadió.

El Municipio de Quito emitió un comunicado tras la aclaración del Ministerio de Gobierno e indicó que para la realización de eventos o espectáculos públicos, los organizadores deberán seguir los procedimientos ordinarios en el Municipio y además obtener el permiso de la Intendencia de Policía.

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Se hizo un exhorto a los organizadores a presentar un plan de seguridad reforzado y tomar las medidas de prevención necesarias para que se respete el toque de queda, es decir, en la capital los eventos deberán terminar máximo a las 23:00.

Con respecto los eventos que ya cuentan con autorización de ambas entidades y que se realizarán en los días posteriores, estos se podrán cumplir con normalidad aunque previa presentación de un plan de contingencia y seguridad. (I)