Las nuevas rebajas para el pago del impuesto a la renta que están en vigencia generan inquietudes en los contribuyentes, sobre todo en quienes creen que no tendrán ningún beneficio con este cambio introducido en el Decreto Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, que permite una mayor rebaja mientras más cargas familiares se declaren en el nuevo formulario de proyección de gastos personales que debe presentarse en este mes de julio. El director zonal del Servicio de Rentas Internas (SRI), Carlos Vicente Marín, responde a esas dudas.
Hay quienes no saben si deben presentar una nueva proyección de gastos personales porque no tienen cargas familiares y les descuentan poco en su rol por impuesto a la renta. ¿Quiénes deben presentarla?
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Esto es producto de una reforma legal. Una persona que presentó el formulario SRI GP en enero de este año lo presentó con otro régimen tributario. Si lo presentó con las rebajas vigentes en ese momento y no se perjudica ni se beneficia con esta reforma tributaria, no tendría la obligación de presentar ningún formulario para que recalculen el impuesto. Es decir, si con la rebaja de gastos personales usada en enero no está tributando hoy, no es necesario que presente nuevamente un formulario. Pero qué ocurre con los que ganan un poquito más, las rebajas con esta reforma tributaria aumentaron conforme al número de cargas familiares, antes no se consideraba eso. Antes la rebaja era por el nivel de ingresos.
Si su rebaja fue de $ 500 y tiene tres cargas familiares, puede ser esposa/cónyuge/conviviente que no trabaje, más dos hijos de hasta 21 años, sin hacer cálculos le puedo decir que va a tener un beneficio superior, en este caso el contribuyente debe en este mes de julio presentar su formulario porque lo que vamos a hacer es aumentar el beneficio.
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¿Así no se tengan cargas la rebaja es mayor porque antes la mínima era de $ 500 y ahora es de $ 900?
La rebaja es el 18 % del menor entre dos valores: los gastos personales proyectados declarados y el número de canastas. Si cree que va a gastar $ 10.000 en gastos personales, ¿puede usar el 18 % de $ 10.000? No. Vamos primero a ver cuántas cargas tiene. Con dos cargas le permiten usar como máximo once canastas básicas y esas once canastas son $ 8.411,77. Entonces no puede usar el 18 % de los $ 10.000 sino de $ 8.411,77 que da una rebaja de $ 1.514,12. En este ejemplo particular yo le diría al señor que presentó su proyección en enero que la presente de nuevo porque con el régimen anterior el máximo era de unos $ 1.000. Cualquier persona que se haya puesto como rebaja $ 500 en los que más ganaban o $ 1.000 de los que menos ganaban (debe) ver ese cálculo. Con cero cargas puede deducir ahora $ 963 y (con proyección de enero) si ganaba mucho solo podía deducir $ 500, entonces conviene.
Una persona que ganaba $ 3.000 mensuales se podía deducir con el régimen anterior $ 500, esa misma persona así no tenga ninguna carga se va a poder deducir $ 963,53. Entonces, presente el formulario.
Una persona que no tiene cargas familiares pero sí mascotas ¿puede aumentar ahora sus gastos personales?
Para efectos fiscales la mascota no es una carga. Sin tener cargas puede usar como una rebaja del impuesto a la renta el 18 % de siete canastas básicas, siete canastas básicas son $ 5.352,95 y le saldría una rebaja de $ 963,53. Si usó la rebaja anterior de $ 1.000 no tiene que presentarla, pero si por su nivel de ingresos usó la rebaja de $ 500, presente.
El animalito no es carga, pero las facturas de alimentación y salud de ese animalito sí le sirven para completar esos $ 5.352,95.
¿De qué dependerá la obligatoriedad o no de presentar el formulario SRI GP ahora en julio?
Depende si el beneficio actual es mayor a la rebaja que usó en enero. En la mayoría de los casos va a ser mayor. Muy probablemente las personas que usaron $ 1.000 de rebaja sí tengan cargas. Si tiene una carga ya es más porque la rebaja es $ 1.200. La mayoría de personas debe revisar, a ciegas yo le diría presente, porque probablemente usted va a pagar menos, no pierde nada. Si presenta, el empleador recalcula y si no hay cambios, no hay cambios. Pero si recalcula y hay beneficios, usted va a pagar menos impuesto a la renta mes a mes.
Si las personas que no tienen cargas no quieren presentar una nueva proyección, como para ellas se mantienen las siete canastas como tope de gastos, pero la rebaja anterior era $ 500 y ahora $ 900, ¿la empresa tiene que reliquidar calculándoles la nueva rebaja?
Debería quedar la misma rebaja. Olvidemos lo que ocurrió este año en enero y julio. En 2024 llega febrero, con la nueva ley se deberá presentar la proyección ese mes. El empleador no presume nada (hace la rebaja en función de gastos y cargas). Si la persona no presenta el formulario SRI GP, ¿qué pasa? No le pone ninguna rebaja y le retienen en la fuente. Si una persona presentó el SRI GP en enero y hoy decide no hacerlo, el empleador no va a presumir nada, el empleador va a seguir reteniendo como lo venía haciendo. Mi sugerencia es presente. No se complique, presente y muy probablemente va a tributar menos.
El mensaje del SRI es para todos: la ley cambió, presente su proyección de gastos personales para que su proyección de enero sea consistente a lo que dice la ley el día de hoy porque cambió.
Las personas piensan que si no presentan les van a seguir descontando lo mismo que ahora con la anterior proyección. Pero ya está vigente otra ley.
Deberían. Esta es una consulta controversial, porque vamos a suponer que una persona dijo que tenía $ 8.000 de gastos, pero yo para tener $ 8.000 de gastos debo tener dos cargas y si no dice ahora cuántas cargas tiene cómo yo voy a probar eso. La recomendación de la administración tributaria es que no se complique, presente.
¿Las empresas podrían tener confusión?
Exactamente. Habrá unas que le quieran retener lo mismo, habrá otras que le quieran retener sobre todo porque no presentó proyección. Para evitar eso, para que no sea discrecional, mejor presente. Por eso estoy siendo repetitivo. La recomendación es que presente su proyección para que la rebaja de gastos personales se encuentre acorde a lo que dice la ley el día de hoy y usted tribute lo que tenga que tributar.
Si a alguien lo ascendieron y le van a aumentar el sueldo, si ahora no está pagando impuesto pero luego sí va a tener que hacerlo. O si nace un nuevo hijo. ¿En septiembre podrán presentar un nuevo formulario?
Es correcto. Siempre que haya cambios en estos datos que provocan mayor rebaja de gastos personales van a tener la opción de presentar el formulario. En este momento en esos meses, junio y septiembre. Si le suben el sueldo en cualquier momento antes de junio, presenta en junio; si le suben justo en agosto, le toca en septiembre.
¿Entonces esta persona no debe presentar ahora sino en septiembre?
Mi mensaje es que todo trabajador en relación de dependencia que tenga cargas familiares y vaya a usar gastos personales presente ahora y cuando le suban el sueldo tiene que presentar de nuevo. (I)