El paso a paso de lo que deberán hacer los trabajadores y sus empleadores para realizar el recálculo de la retención del impuesto a la renta para este 2023 se establecerá en la nueva normativa que emitirá el Servicio de Rentas Internas (SRI) el próximo 30 de junio, con la que se empezará a aplicar la reforma tributaria.

El subdirector del SRI, Ricardo Flores, indicó que ese día saldrá la resolución de gastos personales y también otra normativa o aclaratoria sobre qué se debe entender como “espectáculo público” para el cobro del impuesto al valor agregado (IVA), “para que quede totalmente claro, porque al ser un impuesto mensual empieza a cobrarse desde julio”.

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Quiénes ya no pagarán impuesto a la renta desde julio, en que se aplicará reforma tributaria 2023

Esto porque los servicios artísticos y culturales siguen teniendo tarifa cero y los espectáculos públicos pasarán a tarifa del 12 %. “Hay mucha gente que tiene dudas de qué es artístico, qué es cultural, qué es espectáculo público. Lo vamos a dejar claro”. Ya hay un decreto emitido por el otrora presidente Lenín Moreno que decía qué es artístico y cultural, y este se está analizando con la Dirección Nacional Jurídica del SRI. Así, el 30 de junio va a estar claro si el cine —por ejemplo— grava 12 % del IVA.

La reforma en el impuesto a la renta de personas naturales también rige desde julio, y por ello se deberá realizar el recálculo. El subdirector del SRI explica que será en dos vías: primero, actualizar los gastos personales; y segundo, comunicar a su empleador las cargas familiares que tiene.

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En el primer caso, esta actualización se da porque el nuevo mecanismo permite una mayor deducción de gastos personales. Así, quienes presentaron en enero una proyección de gastos de $ 5.000 porque era el tope, ahora que la reforma amplía esos topes, podrán ajustarla al alza. Además, porque los gastos de las mascotas también se consideran para la rebaja y pueden sumarse a los gastos de vivienda, vestimenta, alimentación, educación y salud, que son los rubros en los que se permiten las deducciones. De igual forma, habrá quienes ya no deban pagar nada desde julio, y lo que se les haya descontado en estos seis meses lo podrán pedir como devolución en el 2024.

¿Cuánto impuesto a la renta pagará si se aplica reforma tributaria?

Y las cargas familiares son un tema clave y muy importante, pues del número de hijos o personas a su cargo dependerá el tope de los gastos por deducir y la rebaja en el impuesto a la renta. “Tienen que comunicar a su empleador las cargas familiares que tienen para que ellos puedan hacer un cálculo correcto de la retención que tienen que practicar”.

Si en una pareja los dos tienen trabajo en relación de dependencia, deben ponerse de acuerdo sobre cómo distribuirse las cargas, porque la norma establece expresamente que las cargas no se pueden repetir. Si ambos reportan a sus dos hijos como cargas, tendrán inconvenientes. Lo que va a suceder es que, cuando se suba la declaración del próximo año, al subir las cargas automáticamente van a quedar bloqueadas y va a dar error, y así le saldrá un saldo por pagar, porque no se tomarán en cuentas esas cargas.

El SRI trabaja en la actualización del anexo de gastos personales y aún no define si será ahí donde se deberán reportar las cargas o si será a través de una comunicación independiente; tampoco si habrá un rubro específico para mascotas o si los gastos de ellas se distribuirán en los rubros ya existentes: salud, alimentación, vestimenta.

¿Quiénes son cargas familiares?

  • Hijos menores de 21 años si no tienen ingresos gravados. Si un hijo de 19 años tiene trabajo, no cuenta como carga familiar.
  • Cónyuge o pareja en unión de hecho si no tiene ingresos gravados.
  • Padres que vivan con el contribuyente y en la medida que no tengan ingresos gravados. La persona que aunque no viva junto con sus padres esté a cargo de ellos también puede ser reportada como carga.
  • Las mascotas no son cargas.

Mientras tanto, el reglamento a la Ley Orgánica de Fortalecimiento de la Economía Familiar lo prepara la Secretaría Jurídica de la Presidencia y saldrá posteriormente. Ahí se tratarán los cambios del Rimpe y el nuevo impuesto a pronósticos deportivos, que entrarán en vigencia en el 2024. (I)