Con 80 votos a favor, el pleno de la Asamblea Nacional designó y posesionó a los miembros que conformarán la nueva Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria (JPRFM), que fue creada en la Ley Orgánica de Integridad Pública.
La sesión del pleno se desarrolló la mañana del martes, el 16 de septiembre. Las autoridades de la Junta salieron de la lista de candidatos presentada a inicios del mes por el presidente de la República, Daniel Noboa.
La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria es el máximo órgano de gobierno del Banco Central del Ecuador.
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Los miembros posesionados, y el período de funciones que cumplirán, son los siguientes:
- Gustavo Camacho (4 años)
- Silvia Daniela Moya (3 años)
- Roberto Basante (3 años)
- María Camacho (2 años)
- Jennifer Rubio Abril (2 años)
La Ley de Integridad Pública, en vigencia desde el 26 de junio de 2025, reformó el Código Orgánico Monetario y Financiero, eliminando las juntas Monetaria y Financiera que existían antes para reemplazarlas por una sola entidad.
El presidente de la #AsambleaEc2025, @NielsOlsen, toma el juramento de rigor a los 5 miembros de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria. pic.twitter.com/T9LRChAU4C
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) September 16, 2025
Según la norma, la nueva JPRFM estará conformada por cinco miembros, que serán designados y posesionados por la Asamblea Nacional de entre cinco candidatos propuestos por el presidente de la República.
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Los integrantes de la Junta podrán ser reelegidos por una sola vez. Ellos elegirán al presidente de la Junta, quien tendrá un período de dos años, con opción de reelección.
Los miembros de la Junta no podrán intervenir en las decisiones administrativas del Banco Central, que estén a cargo del gerente general.
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La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria tiene nueve funciones generales, entre las que se incluyen:
- Nombrar al gerente general del Banco Central y supervisar su gestión.
- Presentar al presidente de la República propuestas de modificación de la legislación financiera, monetaria, crediticia, de valores, seguros y servicios de atención integral de salud prepagada.
- Requerir, por intermedio de los respectivos órganos de control, información de las entidades del sistema financiero nacional, de valores, seguros y servicios de atención integral de salud prepagada; así como de toda entidad no financiera que otorgue crédito por sobre los límites que establezca la Junta.
Adicionalmente, la ley determina funciones específicas en los ámbitos financiero y monetario.
Por ejemplo, en el campo financiero, puede formular política crediticia, de seguros y de servicios de salud prepagada y valores.
También tiene la facultad de establecer el sistema de tasas de interés para las operaciones activas y pasivas del sistema financiero nacional.
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En el tema monetario, la Junta puede establecer las políticas del Banco Central, emitir política monetaria, entre otras acciones. (I)