Durante el feriado de Semana Santa, el 15, 16 y 17 de abril de 2022, los establecimientos que cuentan con registro de turismo deben aplicar un cobro del IVA de 8 %, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo N.º 339, que fue emitido tras las reformas tributarias establecidas en la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, que facultan al primer mandatario a decidir mediante decreto la baja del IVA en determinadas fechas.

Para esto, el Ministerio de Turismo recomienda a los establecimientos turísticos actualizar la información de sus medios de pago, para así brindar mayores facilidades de consumo a los usuarios.

Se pone también a disposición el Catastro de Establecimientos Turísticos, para la verificación de los establecimientos en el siguiente enlace: https://drive.google.com/drive/folders/1peNm9rU–7PR1cTJGdm5IYoJ0vYFDhhm.

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Y pide a los establecimientos turísticos que no consten en el mencionado catastro regularizar su estatus ingresando a https://siturin.turismo.gob.ec/login o contactándose a catastros@turismo.gob.ec, hasta este martes, 5 de abril.

En el feriado de carnaval, que se celebró entre el sábado 26 de febrero y el martes 1 de marzo de 2022, 12.234 hoteles, hosterías, restaurantes, cafeterías, heladerías, agencias de viaje, aerolíneas y demás establecimientos formaron parte del catastro y aplicaron la reducción del impuesto al valor agregado (IVA) en sus productos o servicios. (I)