Desde el 21 de diciembre rige el estado de excepción en Ecuador, decretado por el presidente Lenín Moreno para reducir el riesgo de contagio de coronavirus y las aglomeraciones, a propósito de las festividades de Navidad y Año Nuevo.

Se dispuso toque de queda y restricciones para la movilización de vehículos privados. Pero hay otras disposiciones a tomar en cuenta para organizar sus actividades y conocer qué está permitido realizar en estas próximas semanas.

Aquí las principales disposiciones:

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¿Cuánto durará el estado de excepción en Ecuador?

El vigente estado de excepción, decretado el 21 de diciembre, durará 30 días.

¿Cuál es el horario del toque de queda en Ecuador?

Está prohibida la circulación y movilidad de la ciudadanía entre las 22:00 y 04:00 del día siguiente. Únicamente podrán hacerlo quienes pertenezcan a los siguientes sectores: salud pública, seguridad privada, sectores estratégicos, emergencias viales, sector exportador, servicios básicos, provisión de alimentos y medicinas, sector relacionado al cuidado de animales, periodistas, sector financiero y servicio consular.

¿Cuál es el horario de la ley seca en Ecuador?

La prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos tiene la misma duración que el toque de queda: de 22:00 a 04:00 del día siguiente.

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¿Cuántas personas pueden reunirse?

Se dispuso que máximo 10 personas participen en reuniones sociales. Se sugiere que pertenezcan al mismo núcleo familiar que habita la vivienda, para evitar riesgo de contagio, sobre todo a adultos mayores.

¿Qué días estará cerrado el acceso a las playas en Ecuador?

Habrá restricción a los balnearios del país los días 24, 25 y 31 de diciembre, y el 1 de enero.

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¿Cuál es el horario de centros comerciales en el estado de excepción?

Podrá realizar sus compras de 08:00 a 20:00. El aforo máximo es de 50 %. Restaurantes pueden atender con 30 % de aforo.

¿Funcionarán discotecas y bares durante el estado de excepción en Ecuador?

Está prohibida la atención en los establecimientos nocturnos durante 15 días, desde el inicio del estado de excepción.

¿Con qué número de placas puedo circular?

La restricción de movilidad para vehículos privados rige por el último dígito de la placa: lunes, miércoles y viernes para números impares (1-3-5-7-9); miércoles, jueves y sábado, pares (0-2-4-6-8); domingo 27 de diciembre para impares y domingo 3 de enero para números pares.

¿Hay emisión de salvoconductos por el estado de excepción en Ecuador?

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) delegó a los Gobiernos Autónomos Descentralizados la potestad de emitir estos permisos especiales para circular dentro del horario de toque de queda. Pero municipios como los de Quito y Guayaquil han negado esta posibilidad. (I)

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