Para evitar “miles de despidos”, el presidente Lenín Moreno objetó la Disposición Única Interpretativa de la Ley Humanitaria, que habla del numeral 6 del artículo 169 del Código de Trabajo, sobre la terminación del contrato individual por fuerza mayor.

En el texto se suprimió que “la imposibilidad de realizar el trabajo por caso fortuito estará ligada al cese total de la actividad económica” y se agregó la imposibilidad “cuando el contrato entre el empleador y trabajador se torne inejecutable”.

Para los abogados laborales Vanessa Velásquez, Lenin Duque y María Auxiliadora Fabre, la objeción no apunta a salvar empleos sino amplía la posibilidad de más despidos.

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“Esperamos que la Asamblea se dé cuenta de que lo correcto es el cierre total. Con el veto se justifican despidos y es una invitación a que lo sigan haciendo”, dice Duque.

Con esto concuerda Fabre y añade que la forma de demostrar que un contrato es inejecutable es cuando no se pueden realizar actividades que están pactadas en el contrato. “Habrá personas que sus actividades no sean para teletrabajo”, ejemplifica.

Mientras que para Velásquez, la objeción generaría “una ola más grande de despidos”. Además, cree que es muy amplia: “Si yo te exigía que me demuestres que ya no puedes continuar con la actividad, le complicaba un poco al empresario acudir a la fuerza mayor; pero si a mí me dejas la ventana abierta y me dices como empresario: “Solo demuéstreme que es inejecutable”, yo puedo buscar miles de formas de justificar”.

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En tanto, el abogado laboral Carlos Araujo considera que si esta objeción es acogida por la Asamblea, dejaría la interpretación en manos de abogados, inspectores de trabajo y jueces. (I)