Varios casos de despidos de trabajadores patrocina la abogada laboral Vanessa Velásquez, uno de ellos, la terminación del contrato individual por fuerza mayor de un cliente que recibió $ 0,22 de liquidación de una florícola.

Afirma que del 100 % de los casos, solo al 20 % se les ha cancelado las actas de finiquito.

Mientras que el abogado laboral Carlos Araujo tiene cerca de 300 casos, en algunos de ellos, son de extrabajadores con 10, 15 y 25 años de trabajo que están recibiendo $800 de liquidación. "Eso es un abuso del derecho", expresa.

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Velásquez y Araujo explican que aquellas personas que le terminan el contrato bajo la causal sexta del artículo 169 no reciben bonificación de desahucio ni indemnización de despido, ni ninguna otra.

Sin embargo, tienen derecho al proporcional del décimo cuarto sueldo, que se acredita en marzo y agosto para las regiones Costa y Sierra, respectivamente; así también al proporcional del décimo tercer sueldo (diciembre, enero, marzo, abril o según la fecha de separación en la empresa); el proporcional de las vacaciones y el proporcional del tiempo trabajado durante el mes que no se haya pagado.

Según cifras del Ministerio de Trabajo, hasta el pasado 6 de mayo se registraron 5883 desvinculaciones por terminación de contrato y hasta el pasado 26 de abril, 2626 denuncias alegando fuerza mayor.

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Este Diario receptó varios casos de trabajadores desvinculados por el mencionado artículo, algunos indicaron que no tuvieron mayor explicación de sus empleadores.

Doménica laboró para una agencia de publicidad en Guayaquil y afirma sentirse indignada al no tener una respuesta. "Nos tenían laborando hasta tarde sin haber recibido jamás un pago de horas extras", denuncia.

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Opciones de ingreso temporal

Seguro de desempleo

En marzo y abril 5638 personas se acogieron al seguro de desempleo, que de acuerdo al IESS, también pueden hacerlo a quienes le culminaron el contrato bajo el artículo 169.6. del Código de Trabajo. La reforma en la Ley Humanitaria indica la solicitud se realiza a partir del día octavo de encontrarse desempleado.

Fondo de cesantía

Otra de las formas de tener un ingreso temporal hasta encontrar un nuevo empleo es el cobro del fondo de cesantía. Se puede acceder luego de 60 días de estar cesante, contar con 24 aportaciones no simultáneas, mantener una cuenta bancaria activa y registrada en el IESS.

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Otras cifras

Despidos

Hasta el pasado 6 de mayo, el Ministerio de Trabajo registró 66 400 desvinculaciones laborales: 38 333 casos por mutuo acuerdo; 5883 por terminación de contrato; 3987 por despido intempestivo; 3277 por causas legalmente previstas en el contrato; 101 por muerte del trabajador 101, entre otras.

Desafiliaciones

Cerca de 150 000 desafiliaciones al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) registra el país, según indicó Patricio Alarcón, presidente de la Cámara de Comercio de Quito (CCQ), la semana pasada durante una rueda de prensa virtual.

¿Qué dice la Ley?

La causal 6 del artículo 169 de las causas para la terminación del contrato individual del Código de Trabajo dice: por caso fortuito o fuerza mayor que imposibiliten el trabajo, como incendio, terremoto, tempestad, explosión, plagas del campo, guerra y, en general, cualquier otro acontecimiento extraordinario que los contratantes no pudieron prever o que previsto, no lo pudieron evitar. (I)