Los jueces David Jacho, Dilza Muñoz y Wilman Terán conformarán el Tribunal que analizará el recurso de hecho que planteó Christian Viteri, uno de los 21 llamados a juicio por cohecho en el caso Sobornos 2012-2016. La audiencia fue convocada para el 5 de febrero próximo, a las 16:00, en la Corte Nacional de Justicia (CNJ).

El recurso de hecho fue interpuesto el 15 de enero pasado por el exlegislador de Alianza PAIS debido a que dos días antes no se le aceptara la apelación que él presentó al sobreseimiento que recibió de la jueza Daniella Camacho el empresario Cai Runguo, también investigado en esta causa.

La negativa inicial a la apelación que recibió Viteri explicaba que el auto de sobreseimiento a favor de Cai Runguo no afectaba los derechos de Viteri, por lo que no tenía sentido que él presente una apelación.

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“Es la Fiscalía la titular del ejercicio público de la acción penal y es quien tiene la potestad legal y constitucional de determinar si insiste en su acusación ante el auto de sobreseimiento. Christian Viteri ni es acusador particular ni víctima ni es titular del ejercicio público de la acción penal. Por lo tanto, carece de legitimidad para plantear recurso de apelación en contra de un auto de sobreseimiento a favor de un coprocesado”, explicaba la resolución del 13 de enero.

Sin conocer el Tribunal que evacuaría el recurso de hecho, Viteri y su defensa plantearon al Tribunal de Juzgamiento, presidido por Iván León, una solicitud para que se anexe prueba testimonial y documental nueva ante el llamado a juicio. Un pedido similar lo realizó la defensa del expresidente Rafael Correa.

En ambos casos el Tribunal dio un término de 24 horas para que la Fiscalía y la Procuraduría se pronuncien sobre el tema.

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Viteri solicita como testigo a la exfuncionaria pública María Augusta Enríquez y al empresario José Verdú, quienes fueron sobreseídos en el proceso.

Como prueba documental pide que se anexe “la materialización notarial realizada el 23 enero de 2020, en el que consta la extracción de una página web”; además de que adjuntó un documento electrónico en el que consta un Certificado de Cédula Catastral dado por el Municipio de Quito.

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Documentos

La defensa de Rafael Correa solicitó incluir las pruebas que, sostiene, “por evidentes motivos no pudieron ser oportunamente ofrecidas”. que son la resolución 065-PLE-CNE-2019 del CNE, y el informe de la Comisión de Fiscalización y Gasto del CNE, número CNE-DNFCGE-2019-0096-I. (I)