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La cesación de Jorge Glas como vicepresidente de la República, por abandono de cargo, anularía la continuidad del juicio político en la Asamblea Nacional.
La cesación de Jorge Glas como vicepresidente de la República, por abandono de cargo, anularía la continuidad del juicio político en la Asamblea Nacional.
La Constitución del 2008 no prevé ni en sus artículos 129 ni en el 131 la posibilidad de que un mandatario pueda ser enjuiciado hasta un año después de sus funciones, como sí lo contempla para ministros de Estado y otros funcionarios.
La dificultad que al momento existe son los tiempos para ambos procesos. El pedido de juicio a Glas, fue aprobado esta mañana tras la consulta a la Corte Constitucional (CC), que determinó la admisibilidad del proceso.
Una vez que la CC admite a trámite el juicio político, el proceso regresará a la Asamblea en donde tienen que pasar al menos 17 días, para que la moción de censura y destitución contra el funcionario llegue al Pleno.
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La causal de abandono se cumpliría el 2 de enero del 2018; y según el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la solicitud para declarar abandono del cargo podrá ser presentada por la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea (69 legisladores); y ese documento deberá volver a ser remitido a la CC, para un dictamen de admisibilidad.
Sin funciones, sin juicio
Lira Villalba (AP-correísta) explicó que frente a la pérdida del cargo de vicepresidente por abandono del cargo ya no cabría la censura y destitución por juicio político porque la persona a ser destituida ya no estaría en funciones.
“El objetivo de cambiar de vicepresidente de la República se va a cumplir, por un lado o por el otro, todo está asegurado en ese sentido”, dijo.
Con ella coincidió Daniel Mendoza (AP-morenista), quien aseguró que una vez que Glas sea removido del puesto por abandono, si el juicio político no ha avanzado hasta la votación de censura y destitución, no se llegará a este, solo se daría paso al trámite.
Lea también: CAL admite trámite a juicio político a Jorge Glas y remite documentación a la Corte Constitucional
“Si se da primero el abandono del cargo, el 2 o 3 de enero, el 129 de la Constitución no permite tener un juicio político a un vicepresidente que ya no está en funciones”, alertó.
Henry Cucalón (PSC) dijo que “el deber ser” es que haya juicio político a Glas, aunque tardíamente. Si se opta por el abandono del cargo, también debe ser con un proceso. “Nuestra intención siempre ha sido que sea juzgado y sancionado políticamente”, anotó.
Al oficialismo nunca le interesó el juicio, por eso lo blindaron y ahora vuelve a calcular los tiempos, afirmó Cucalón. (I)
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