El presidente Lenín Moreno emitió el Decreto Ejecutivo 194 con el que deroga el Reglamento a la Ley de Discapacidades expedido en el mandato de Rafael Correa y, alineado con el criterio de la Corte Constitucional (CC), baja el porcentaje de discapacidad del 40 % al 30 %, para que más personas puedan obtener beneficios tributarios.

En diciembre del 2013, Correa aprobó el Reglamento a la Ley de Discapacidades y estableció que las personas que tienen desde el 40 % de discapacidad pueden acceder a dichos beneficios. Esta acción tuvo como consecuencia una demanda de inconstitucionalidad de la exasambleísta María Cristina Kronfle, que la Corte aceptó en junio de este año.

La ley prevé la exoneración del impuesto a la renta (IR), la devolución del impuesto al valor agregado (IVA), exenciones en la importación y compra de vehículos ortopédicos y no ortopédicos, descuentos en servicios básicos y otros.

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El reglamento, vigente desde el 23 de octubre, establece que las personas que tengan entre el 30% y el 49% de discapacidad accederán al 60% del beneficio tributario, del 50% al 74% de discapacidad al 70% de beneficio, del 75% al 84% de discapacidad al 80% del beneficio y del 85% al 100% de discapacidad al 100% del beneficio.

Kléber Acurio, coordinador del Sistema Nacional de Música para Niños Especiales (Sinamune), señaló que el reglamento es bastante conveniente porque se está aumentando la población de beneficiarios. En su momento, Kronfle dijo que 73.390 personas con discapacidad recuperan sus derechos.

Acurio agregó que un punto clave en el porcentaje es la carnetización y en esa parte del proceso debe existir un control adecuado para identificar qué tipo de discapacidad y en qué porcentaje, porque hay personas que tienen el cien por ciento en el carné, pero en la vida real no, y viceversa.

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Ramiro Calvache, asesor jurídico de la Federación Nacional de Ecuatorianos con Discapacidad Física (Fenedif), expresó que está bien la restitución del beneficio. Además, el reglamento está ratificando las exenciones tributarias totales en tasas notariales, servicios de cedulación, pasaporte.

El reglamento contiene 34 artículos y 3 disposiciones transitorias e incluye un artículo en el que regula la asistencia médica o de salud y la medicina prepagada para las personas con discapacidad. (I)