Un tribunal español ha dado la razón a la cantante colombiana Shakira al anularle una multa por la tributación del ejercicio fiscal de 2011 e insta a la Hacienda a devolverle unos 60 millones de euros (70 millones de dólares).
La Audiencia Nacional estimó el recurso de la artista contra una resolución previa de la Agencia Tributaria y del Tribunal Económico Administrativo Central y anuló las liquidaciones y sanciones aplicadas respecto de los impuestos sobre la renta y el patrimonio de aquel año.
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Según la sentencia, contra la que aún cabe recurso, la administración española no ha acreditado que permaneciera en 2011 en el país más de 183 días para demostrar que fuera residente a efectos fiscales, como exige la ley a la hora de tributar por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
El caso, dirimido por la vía administrativa, se circunscribe a una cantidad de algo más de 55 millones de euros (64 millones de dólares) reclamados a la cantante.
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No obstante, su equipo calcula en más de 60 millones de euros la cantidad que debe devolverle la Hacienda al sumar los intereses y el pago de costas judiciales.
Según un comunicado remitido por la agencia de comunicación Llorente y Cuenca, que representa a Shakira, se trata de la última cuenta pendiente que la artista tenía en España tras ocho años de disputa.
Por su parte, fuentes de la Agencia Tributaria recordaron que Shakira ya aceptó en conformidad las condenas por delitos contra la Hacienda para 2012-2014 y añadieron que la sentencia, conocida este lunes, será recurrida en el Tribunal Supremo.
Hace unos días, un juzgado de Barcelona archivó la segunda causa penal que Shakira tenía abierta por un supuesto fraude de 6,6 millones de euros (7,7 millones de dólares) en 2018, después de que la Fiscalía y las demás acusaciones así lo pidieran. Y remitió a la cantante a la vía administrativa para que se pusiera al corriente con sus obligaciones tributarias.
En 2024, Shakira aceptó una multa de 7,8 millones de euros (9 millones de dólares) al reconocer judicialmente que defraudó 14,5 millones de euros (17 millones de dólares) a la Hacienda entre 2012 y 2014, gracias a un pacto con la acusación. Esto le evitó un largo proceso judicial que podría haber acabado con una condena de prisión.
Sin “vínculo conyugal” con Gerard Piqué en 2011
En este caso, el relativo a 2011, la Agencia Tributaria actuó contra Shakira al considerar que no había tributado por el IRPF y el impuesto sobre el patrimonio al alegar que vivía fuera del país cuando, según la Hacienda, sí era residente fiscal en España y, por tanto, estaba obligada.
Dónde vivió la cantante colombiana ese año ha sido el principal objeto de análisis de la Audiencia Nacional para concluir que “no ha quedado acreditado” que Shakira tuviese el domicilio fiscal en España entonces.
Por tanto, “es obvio que las liquidaciones” y consiguientes sanciones impuestas por ello “son contrarias a derecho”.
Más concretamente, la justicia entiende que la estancia de la artista en España fue de 163 días, no de más de 183, como exige la ley, y asegura que la administración no ha probado que tuviera el núcleo de sus intereses económicos en España o relaciones familiares con residentes en el país. La administración había argumentado que Shakira mantenía una relación sentimental con un residente español (el exfutbolista Gerard Piqué).
Pero el tribunal explica que no existía “vínculo conyugal” en 2011 (ambos nunca se casaron) ni “hijos menores” residentes en España. Es decir, “no existía un núcleo familiar a efectos legales de una persona extranjera”. (I)