Según el Diccionario de la lengua española, la tercera acepción del nombre «vigor» se refiere a la ‘fuerza de obligar en las leyes u ordenanzas’. Y el artículo «vigencia» de este mismo diccionario tiene el sentido de ‘cualidad de vigente’.
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Son términos relacionados, no sinónimos, ya que comparten contexto legal, pero tienen matices distintos.
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Según el Diccionario de la lengua española, la tercera acepción del nombre «vigor» se refiere a la ‘fuerza de obligar en las leyes u ordenanzas’. Y el artículo «vigencia» de este mismo diccionario tiene el sentido de ‘cualidad de vigente’.
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