Existen dos cuestiones en la actual coyuntura política en donde la Asamblea Nacional quiere darnos el famoso “gato por liebre”. Por un lado tenemos la futura aprobación de la ley que regula a las autonomías –Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomías y Descentralización, Cootad– la cual dicen profundiza la autonomía de Guayaquil; y, por otro lado, tenemos el famoso limbo jurídico en donde se encuentra el llamado a juicio político del Fiscal General. Ambas afirmaciones son falaces y no resisten un análisis jurídico mínimamente riguroso. No obstante, desde un punto de vista de estrategia política y de cálculo electoral, son asombrosamente bien concebidas para acentuar el poder del oficialismo.
La primera de ellas, cual es que el Cootad profundiza y regula ordenadamente el proceso de descentralización, es totalmente falsa. No profundiza la autonomía de los Gobiernos Autónomos Descentralizados porque socava las competencias exclusivas autonómicas establecidas en la Constitución –que ya de por sí son limitadas–, a través de inconstitucionales rectorías nacionales y la falta de reconocimiento de potestad legislativa formal a los GAD. Tampoco ordena el proceso de autonomías ya que establece múltiples disposiciones ininteligibles o incongruentes con otras del mismo cuerpo legal; e.g. el reconocimiento de diversos tipos de competencias exclusivas estatales que se superponen y complican, a sobremanera, el sistema de distribución competencial. El Cootad, a pesar de su intención codificadora, en su actual formulación es un cuerpo amorfo de normas aisladas, sin mayor coherencia –salvo su intención de socavar la autonomía de los GAD y acaparar mayores potestades hacia las instituciones centrales del Estado–, que no responde a un proceso de ordenación técnica de los procesos de descentralización sino a una coyuntura política determinada que busca imponer un determinado modelo de gestión pública. Quizás sería más correcto llamarlo –como lo hacen algunos asambleístas y colegas– “Cootac” por Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autarquía y Centralización.
El segundo gato por liebre es el tema del limbo jurídico existente en el llamamiento a juicio político del Fiscal. Sin perjuicio de su inocencia o no, un argumento tal es, honestamente, caricaturesco e irrazonable. El Reglamento de Comisiones es prístino al reconocer que el voto del Presidente de la Comisión es dirimente en caso de empate entre sus miembros. La finalidad de esta potestad de dirimir es evitar que los temas analizados por las Comisiones se empantanen y, en consecuencia, se queden en limbos jurídicos. Es absurdo sostener, por cualquier interpretación posible, que el tema en cuestión se encuentra en un limbo jurídico. Esto es lo que la aplicación de la norma quiere evitar. Este es el típico caso de una interpretación posiblemente racional pero total y absolutamente irrazonable. Por otro lado, tampoco es necesario que el asambleísta establezca expresamente que está utilizando su poder de dirimir para aplicarla. Por el simple hecho de apoyar una determinada postura, cuando hay empate en el seno de la Comisión, el reglamento y la sana lógica determinan que la postura del Presidente es aquella que se tomará como oficial y evitará los “limbos jurídicos”.
Es notorio que en ambos casos no están dando gato por liebre. Nos dicen que profundizan la autonomía pero en verdad, bajo formulaciones confusas, la disminuyen. Nos dicen que fiscalizan y que se alejan de la partidocracia pero en verdad, bajo formulaciones infantiles, ni siquiera admiten el inicio de un juicio político. Si hiciéramos el conjuro que origina esta frase, sin lugar a dudas, la carne saltaría del plato y demostraría su naturaleza felina.