A las cuatro de la tarde del 23 de octubre de 2002 ingresó a la Secretaría del Congreso Nacional el oficio Nº T. 1969-DAJ-2002-6390 del entonces Presidente de la República. El oficio adjuntaba un proyecto de ley “urgente en materia económica” para reformar a la Ley de Hidrocarburos. El proyecto proponía que los contratos petroleros se puedan “celebrar sin necesidad de licitación previa, únicamente cuando se realicen con empresas petroleras estatales extranjeras o estén financiados por gobiernos extranjeros, previa autorización del Presidente de la República”.
En efecto, como la Ley de Hidrocarburos exigía en ese entonces, y aún exige, que los contratos petroleros debían necesariamente celebrarse previa una licitación, la única forma de contratar con empresas estatales extranjeras saltándose ese requisito era mediante una ley reformatoria.
El primer debate del proyecto ocurrió el 6 de noviembre de 2002. Para este debate la Comisión de lo Económico preparó un informe. En él se expresan los serios inconvenientes que traería al Ecuador el que se les dé a las empresas estatales extranjeras el privilegio de que por el simple hecho de ser tales puedan celebrar contratos petroleros sin el requisito de licitación. Para la Comisión habría inclusive una violación del principio constitucional de igualdad y sería una puerta abierta para la corrupción. La Contraloría envió un delegado, quien manifestó la oposición de ese organismo al proyecto. El informe recomendando negar el proyecto lleva la firma de Fernando Rosero (Presidente), Henry Llanes, Raúl Hurtado Larrea, Alfredo Maffarés y Susana González. (Todos ellos, diría Correa y sus acólitos, representantes de la “partidocracia corrupta” y de la larga noche neoliberal). El proyecto fue negado por 64 votos de 69.
El 19 de noviembre de 2002 fue el segundo debate. Hubo coincidencia otra vez en que una reforma a la legislación petrolera que permita omitir la licitación cuando se trate de empresas estatales viola la Constitución y es inconveniente. En este debate el diputado Llanes inclusive denunció (ver página 27 del acta) que se estaría recurriendo a figuras contractuales no admitidas legalmente como unas tales “alianzas estratégicas”, para omitir fraudulentamente el requisito de licitar. El proyecto fue negado nuevamente y, por ende archivado.
Este antecedente no hace sino confirmar que la única forma de celebrar contratos de exploración o explotación petrolera sin el requisito de licitación es reformando la Ley de Hidrocarburos. Y si una ley llegase a crear ese privilegio a favor de empresas estatales extranjeras sería ciertamente inconstitucional. Las contrataciones petroleras a dedo no pueden, por lo tanto, sustentarse en reglamentos o interpretaciones torcidas o bautizándolos como “alianzas estratégicas”; en derecho público, a diferencia del privado, las figuras contractuales debe establecerlas la ley. El último de los muchos contratos petroleros que este Gobierno ha celebrado a dedo es uno con la empresa estatal venezolana Pdvsa para explotar conjuntamente el rico yacimiento Sacha. (¡Qué suerte tiene Chávez!...).
¿Dónde está entonces la lloriqueada “transparencia” de la que tanto nos hablan hipócritamente estos señores a diario? ¿Seguirán impasibles el Congreso y los entes de control?