En la ciudad los controles son parte del compromiso de las FF.AA. dentro del plan Guayaquil Seguro.

Las Fuerzas Armadas iniciarán mañana los operativos de control para sancionar a los guayaquileños que porten armas sin el permiso correspondiente.

Hoy se cumplen los 120 días de plazo, conforme la disposición transitoria de la Ley de Armas, para que las personas que tengan armamento, municiones, explosivos, accesorios y su correspondiente materia prima, la registren en la Dirección de Logística del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y en los departamentos de Control.

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Las autoridades militares recomiendan a los ciudadanos que si no han tramitado el permiso guarden sus armas.

A partir de mañana entrará en vigencia la Ley reformatoria al Código Penal y a la Ley de tenencia de armas que impone prisión de tres a seis años y multa de mil a cinco mil dólares a quienes porten armas sin el correspondiente permiso.

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Hoy se cumplen los 120 días de plazo, conforme la disposición transitoria de esta ley, para que las personas que tengan armas de fuego, municiones, explosivos, accesorios y su correspondiente materia prima la registren en la Dirección de Logística del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y en los departamentos de Control de Armas en las demás provincias.

Los controles que aplicarán las FF.AA. desde mañana serán más rigurosos, por lo que las autoridades militares recomiendan a los ciudadanos que si no han tramitado el permiso guarden sus armas hasta que realicen la gestión.

En Guayaquil estos operativos estarán a cargo de la Fuerza de Tarea Conjunta Nº 2, quien a tan solo 16 días de su aplicación lanzó un plan comunicacional, con spots televisivos, cuñas radiales y un seminario, dirigido a la ciudadanía para que conozca sobre esta nueva reforma.

Según un reporte del Departamento de Control de Armas en Guayas, de enero a junio de este año se han emitido 2.445 permisos para portarlas.
Mientras, que desde el año 2002 hasta el 2005 se han importado 23.693 armas de pequeño calibre.

Las prohibidas son las que utiliza la Fuerza Pública, como las pistolas calibre 9 milímetros, los fusiles calibres 5.56 y 7.56 y las ametralladoras que emplean las Fuerzas Armadas; y, los revólveres calibres 38 y 32, pistolas 9 milímetros y carabinas calibre 16 que maneja la Policía.

Los operativos de control de armas incluyen a la ciudadanía en general, guardias privados y los miembros de la Policía, FF.AA. y Comisión de Tránsito del Guayas (CTG), que deberán portar sus armas de dotación solo en horas laborables.

En Guayaquil, 99 empresas de seguridad privada constan en el Departamento de Control de Armas con permisos caducados, de los cuales solo tres  han logrado arreglar sus documentos. De este total, 30 han cambiado de dirección.

Este departamento ha concedido un plazo de quince días para que se acerquen a actualizar sus datos y tramiten los documentos, mientras tanto no podrán laborar.

REFORMAS

ES UN DELITO FLAGRANTE
Con la vigencia de la Ley reformatoria, el portar un arma sin permiso es considerado un delito flagrante, por lo que será detenido y trasladado a la Policía Judicial. El fiscal iniciará instrucción fiscal (juicio) y el juez ordenará prisión.

MULTAS DE MIL A 5 MIL DÓLARES
Según el art. 31 de esta Ley, quienes fabriquen, suministren, adquieran, sustraigan, usen, transporten o tengan armas de fuego, explosivos o municiones serán reprimidos con reclusión menor de tres a seis años y multa de $ 1 mil a $ 5 mil.

ARMAMENTO DE DOTACIÓN
Las armas que emplea la Fuerza Pública son consideradas de uso prohibido para la ciudadanía en general y quien mantenga depósitos de armas de uso militar o policial será sancionado de tres a seis años y multa de $ 1 mil a $ 5 mil.

A PERSONAS PARTICULARES
El art. 162 indica que los particulares que sin el permiso y sin explicación porten armas de uso militar o policial y de cualquier otro tipo similar, serán sancionados con prisión de uno a cinco años y multa de $ 9 a $ 44.