Comprar retrovisores, memorias vehiculares, baterías, radios, teléfonos móviles u otros bienes de origen ilícito no solo es impulsar la delincuencia, sino que está penado por la ley. Luchar en contra del crimen en todas sus formas es una obligación del Estado, pero la sociedad es corresponsable y tiene maneras de contribuir en esa tarea.
Estudios académicos confirman lo que repiten los sociólogos: adquirir bienes fruto de asaltos o robos perpetúa círculos viciosos de violencia.
La comercialización de objetos robados es bautizada legalmente como receptación y así consta en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). El artículo 202 lo detalla.
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“Receptación.- La persona que oculte, custodie, guarde, transporte, venda o transfiera la tenencia, en todo o en parte, de bienes (...) que son producto de hurto, robo o abigeato o sin contar con los documentos o contratos que justifiquen su titularidad o tenencia, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años”.
Las penas son de hasta cinco años si los bienes ilícitos vendidos son de uso policial o militar. En general el robo, en el artículo 189, tiene penas de cinco a siete años de pérdida de libertad. Si se ocasiona la muerte, la condena será de 22 a 26 años.
Hace una semana en Quito se reanudó el debate sobre las responsabilidades, luego de que denuncias ciudadanas aseguraban que teléfonos robados tenían como ubicación el centro comercial Montúfar, señalado como lugar de compra y venta sin control. En Guayaquil también se habla de sectores de mercado negro.
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Mientras las personas compren objetos de los que solo se dude de su procedencia están financiando actos delictivos y, aunque suene duro, se convierten en parte del círculo de la delincuencia. Es un tema de ética, honestidad y también de legalidad. Claro que las autoridades deben controlar el mercado negro, pero también como sociedad se tiene que ser firme y no impulsar los delitos asumiendo un ‘ahorro’ que más adelante lo puede convertir en la próxima víctima. (O)

















