Recientemente, en medio de tantas atrocidades de las mafias, ocurrieron dos hechos particularmente terribles: fueron asesinados una profesora delante de sus alumnos y un venezolano que vendía empanadas. En ambos casos por no seguir pagando a los extorsionadores los valores exigidos.

El Gobierno actual heredó la ineficiencia de su predecesor, que dejó crecer la delincuencia común y que al menos 500 reos se matasen entre sí. Su estrategia fracasada fue declarar estados de excepción, que limitan los derechos ciudadanos. Repetida por el mandatario de ahora. Y una serie de otras medidas, como la llamada Ley de Solidaridad Nacional, que no es de carácter económico como falsamente le atribuyó a su proyecto “urgente” y la obediente Asamblea Nacional lo adoptó en esencia, contrariando la ley, que dice que tales proyectos deben referirse a aspectos sustantivos de la política económica, necesarios para garantizar el equilibrio de las finanzas públicas o para enfrentar una situación económica adversa. Hay pues un primer motivo para que la Corte Constitucional la expulse del ordenamiento jurídico.

La ley en cuestión confiere al presidente de la República la facultad de “reconocer” que existe un conflicto armado interno, con lo cual desata a las fuerzas oscuras. Sin control de la Corte Constitucional, que dictaminó con relación a dicho conflicto que su existencia no depende de su reconocimiento por parte del Estado; que, si lo hubiera, el presidente “no necesitaría acudir a la declaratoria de un estado de excepción para tomar este tipo de medidas”. Aserto gravísimo porque conforme a la Constitución el conflicto armado interno es causal para que el mandatario declare dicho estado, cuya legitimidad la Corte está obligada a verificar y que por la puerta que esta inicuamente abrió, aquel ha entrado para imponer su voluntad. Ya no se molestará el presidente en aplicar la reforma constitucional que aprobó la ciudadanía para llamar de otro modo a intervenir a FF. AA., en cuyo evento también la Corte debe controlar.

Ahora bien, un conflicto armado interno según la definición de Acnur es todo enfrentamiento protagonizado por grupos armados que normalmente demandan, a diferencia de la delincuencia común, autodeterminación, oposición al sistema político o económico o a la política interna o internacional de un gobierno. ¡Nada de lo cual aspiran los criminales que asuelan el país!

La ley de “solidaridad” encierra aberraciones como el otorgamiento al jefe de Estado de la potestad de conceder indultos diferidos, para favorecer a los agentes del “orden” que sean procesados por “cumplir su deber”, aun en la fase de investigación, consagrando la impunidad a los abusadores, contra los cuales prohíbe dictar prisión preventiva y otras medidas para que “sigan trabajando”. En cambio, obliga a los jueces a ordenar la prisión preventiva de los acusados. Otro motivo para que se declare inconstitucional la ley, porque tal medida debe ser excepcional. Habrá más desapariciones forzadas, otros crímenes de Estado y leyes devoradoras de derechos. Vivimos un abuso de poder. (O)