Este verbo no está en el diccionario, pero con él quiero advertir del peligro que corre un gobierno si sigue las políticas económicas que aplicó, en Argentina, el expresidente Macri. En estos días está confesando ante la prensa internacional los errores que cometió; lo grave no es la derrota que él personalmente sufrió, sino que su fracaso significó el retorno al poder del peronismo, de Kirchner y Fernández; el retorno del socialismo del siglo XXI, de las doctrinas del Foro de Sao Paulo, del Grupo de Puebla; un eventual fracaso del presidente Lasso, muy posiblemente, acarrearía el retorno al poder del socialismo del siglo XXI. De ello hay que cuidarse y, para eso, hace falta que el presente gobierno no cometa errores, y que si los comete, sean los menos posibles y de menores consecuencias. Ya vemos lo que ocurre en Colombia, Perú y Chile.

El Gobierno ha decretado ciertas reformas administrativas que me parecen adecuadas, y ha hecho algunas designaciones que me parecen erradas, por su forma, porque encuentro que contradicen a nuestras normas constitucionales. Si es así, podrían rectificarlas, curarse en salud. Es conveniente que se haya restablecido la existencia de la Secretaría General de la Administración Pública, que dirige la relación con los otros órganos del poder público, y que existió por muchísimos años; fue suprimida porque los jóvenes de la Ruptura la fraccionaron para disputarse sus atribuciones; se las distribuyeron creando cuatro secretarías, todas con nombres pomposos y de rango ministerial. Así lo señalé, en su hora. Se ha decretado, también, un Código de Ética; tanto han decaído las costumbres, las prácticas administrativas, que hoy hace falta decretarla, cuando antes, sin necesidad de Código, las practicamos rigurosamente en las funciones públicas en las que ocasionalmente nos tocó servir. Hoy es necesario.

Pero en lo que no estamos de acuerdo, y así lo señalamos en entrevista que nos hiciera el Diario EL UNIVERSO, publicada el sábado 29 de mayo del año en curso, es en la creación de algo extraño, no contemplado en nuestra legislación constitucional, la de consejeros, secretarios, embajadores itinerantes, ad honorem; en el mediano y largo plazo esto traerá consecuencias desagradables, inclusive para los mismos designados. Al tratar de los servidores públicos, la Constitución (art. 229) dice que lo son todas las personas que a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, una función dentro del sector público. Dice que la ley establecerá sus remuneraciones. No hay, pues, funciones ad honorem, y en derecho público solo se puede hacer lo que manda la ley. Los actos que realizaren serían nulos, sin valor. Podrían donar sus remuneraciones a instituciones de beneficencia. La Constitución manda (art. 231) que los servidores públicos, sin excepción, presentarán una declaración patrimonial jurada; luego dice que la no presentación de otra declaración patrimonial jurada, al término de sus funciones, hará presumir enriquecimiento ilícito. Todo gran poder acarrea una gran responsabilidad; hay que asumirla. Mejor, pues, es prevenir. Su eminencia el cardenal de Richelieu tenía por consejero al famoso capuchino José, llamado la Eminencia Gris, por el gran poder que ejercía entre bastidores. (O)