Aplicando la ‘ley’, el administrador actual disolvió la Asamblea Nacional y se autoeliminó, y en tiempo récord, el 20 de agosto, el pueblo debe buscar nuevos empleados para reemplazar a los cesados, debería ser de acuerdo al este procedimiento:
1.- Elaborar los términos de referencia (TDR) o documento que contiene objetivos, necesidades de la comunidad, requisitos para los candidatos e instrucciones para elaborar y socializar la oferta; por desgracia, este documento no existe. 2.- Invitación a presentar la oferta, puede intervenir cualquier ciudadano. 3.- Calificar a los candidatos, la referencia son los requisitos para los candidatos o TDR, y como no existen, son calificados al azar, luego entran personas incapaces, descalificadas, morosas, etc. Los tres primeros pasos son realizados en el CNE por delegación del pueblo. 4.- Selección de la oferta (no del candidato) a cargo del pueblo mediante el voto directo; el parámetro de decisión es la respuesta a la pregunta ¿cómo el candidato resolverá las necesidades de la comunidad? (TDR), la cual debe estar en el plan de trabajo, expresada en proyectos, procesos y actividades con sus costos, tiempos de ejecución, fuentes de financiamiento, períodos de rendimiento de cuentas, en función del presupuesto del Estado y la duración del cargo; y cuya socialización debe ser el único tema de propaganda del candidato (TDR). La realidad es diferente, cada candidato elabora un plan a su antojo, con soluciones propias, expresadas en forma desordenada; esa propaganda ilimitada confunde al elector.
La falta de TDR en los comicios es la razón para que el pueblo se equivoque y siempre escoja mal a sus servidores. Los debates nunca reemplazarán a los TDR, exijamos TDR para cada elección, eso marcaría la diferencia. (O)
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Marco Antonio Zurita Ríos, Quito