Nuestro invitado

En Ecuador hemos escogido el subdesarrollo. Decidimos ser pobres y hacemos todo lo que está a nuestro alcance para vivir en una sociedad injusta. Una prueba de esto es el derecho laboral. Salarios mínimos, décimo-sueldos, reparto obligatorio de utilidades: las leyes que regulan los contratos de trabajo en el Ecuador son una amalgama de absurdos económicos y despropósitos jurídicos, que nos mantienen en la pobreza y en la injusticia.

El derecho laboral ecuatoriano es un absurdo económico porque genera desempleo. El salario mínimo y el conjunto de prebendas que se otorgan al trabajador constituyen un precio mínimo. La economía nos enseña que un precio mínimo impuesto por encima del precio de equilibrio genera excedente. Al precio de equilibrio, la cantidad demandada y la cantidad ofrecida se empatan, pero si el precio se fija por arriba del precio de equilibrio, hay mucha oferta y poca demanda. Las leyes laborales del Ecuador son un precio mínimo establecido por encima del precio de equilibrio, que hacen que la cantidad de trabajo ofrecida supere a la cantidad de trabajo demandada, ocasionando desempleo. No hay mucha ciencia. Entre más caro sea contratar a un trabajador, menos trabajadores se van a contratar.

El derecho laboral ecuatoriano es un despropósito jurídico porque sus reglas generan una sociedad injusta.

En una primera acepción, la justicia consiste en que hayan resultados justos. Así, por ejemplo, es injusto que una persona tenga millones en la cuenta, mientras otra tiene sólo unos pocos dólares. Una versión de esta acepción de justicia es la popularizada por el filósofo John Rawls en su Teoría de la justicia. Para Rawls, una sociedad justa es aquella en la que se garantiza que las personas pobres van a estar lo mejor que puedan estar. Bajo esta acepción, el derecho laboral ecuatoriano es injusto. En Ecuador, solo quienes tienen trabajo resultan beneficiados por las reglas que protegen a los trabajadores, pero las personas que no tienen trabajo están peor de lo que estarían sin legislación laboral, porque conseguir trabajo se vuelve más difícil.

En una segunda acepción, la justicia consiste en que las reglas sean justas. Así, por ejemplo, es injusto que en un examen sobre diez puntos, a un alumno se le regalen cinco puntos y a otro no. Una versión de esta acepción de justicia es la defendida por el filósofo Robert Nozick en su libro Anarquía, estado y utopía. Para Nozick, una sociedad es justa sólo si se garantiza la protección de la propiedad privada y se permite el intercambio voluntario de los bienes y servicios. Bajo esta acepción de justicia, el derecho laboral es injusto porque las leyes laborales obstaculizan el intercambio voluntario. Las empresas están dispuestas a contratar más trabajadores y los trabajadores están dispuestos a ser empleados, pero debido a los costos que impone el derecho laboral, ninguno consigue su propósito.

El subdesarrollo es una elección. Las leyes laborales no tienen sentido económico ni consiguen promover ninguna noción de justicia. Decidir prosperar es permitir a las empresas contratar por horas obviando la odiosa legislación laboral. (O)

* Profesor de Derecho.