Por la lectura de mi artículo publicado por EL UNIVERSO el 5 de agosto de 2015, me solicitaron que me refiriera al destino universal de los bienes, su origen y finalidad, así como sobre la economía inspirada en valores morales, procurando un mundo justo y solidario, según la Doctrina Social de la Iglesia.
Es fácil recomendar ir a encontrar respuestas, incluso en internet, en www.vatican.va dsi, pero considero conveniente difundir algunas, transcribiendo los temas que son enunciados y luego desarrollados en el Compendio de la DSI: 171 a 181.
Entre las múltiples implicaciones del bien común, adquiere inmediato relieve el principio del destino universal de los bienes.
El principio del destino universal de los bienes de la tierra está en la base del derecho universal al uso de los bienes.
Para concretar el principio del destino universal de los bienes, según los diferentes contextos culturales y sociales, se requiere precisar cuáles son esos bienes, los modos de destinarlos y los límites.
El principio del destino universal de los bienes invita a cultivar una visión de la economía inspirada en valores morales que permitan tener siempre presente el origen y la finalidad de tales bienes, para así realizar un mundo justo y solidario.
El destino universal de los bienes comporta un esfuerzo común dirigido a obtener para cada persona y para todos los pueblos las condiciones necesarias de un desarrollo integral, de manera que todos puedan contribuir a la promoción de un mundo más humano.
Mediante el trabajo, el hombre, usando su inteligencia, logra dominar la tierra y hacerla su digna morada.
La tradición cristiana nunca ha aceptado el derecho a la propiedad privada como absoluto e intocable.
La enseñanza social de la Iglesia exhorta a reconocer la función social de cualquier forma de posesión privada.
La actual fase histórica, poniendo a disposición de la sociedad bienes nuevos, del todo desconocidos hasta tiempos recientes, impone una relectura del principio del destino universal de los bienes de la tierra, haciéndose necesaria una extensión que comprenda también los frutos del reciente progreso económico y tecnológico.
Los nuevos conocimientos técnicos y científicos deben ponerse al servicio de las necesidades primarias del hombre, para que pueda aumentarse gradualmente el patrimonio común de la humanidad.
Si bien en el proceso de desarrollo económico y social adquieren notable relieve formas de propiedad desconocidas en el pasado, no se pueden olvidar, sin embargo, las tradicionales. La propiedad individual no es la única forma legítima de posesión. Reviste particular importancia también la antigua forma de propiedad comunitaria.
Sigue siendo vital, especialmente en los países en vías de desarrollo o que han salido de sistemas colectivistas o de colonización, la justa distribución de la tierra.
De la propiedad deriva para el sujeto poseedor, sea este un individuo o una comunidad, una serie de ventajas objetivas; pero puede proceder también una serie de promesas ilusorias y tentadoras.
¿Conviene compartir, estudiar y discutir estos temas? ¿Sería tan amable en darme su opinión? (O)