El Tribunal Penal Anticorrupción condenó este martes, 10 de diciembre, a seis integrantes de la organización delictiva ‘Los Lobos’ a 17 años y 4 meses de prisión por el delito de terrorismo.

La sentencia se dictó tras analizar las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado en relación con los hechos ocurridos en enero de este año, durante el estado de excepción.

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Los sentenciados son Luis Miguel C., Luis Mario Q., Sergio Reiner E., Nelson Antonio A., Luis Eduardo T. y Diego Mauricio Q., quienes, según determinó la Fiscalía, planificaron y ejecutaron actos de violencia con el uso de explosivos en Loja.

La noche del 8 de enero de 2024, en pleno estado de excepción decretado por la Presidencia de la República, la Policía Nacional fue alertada sobre incendios de vehículos en Loja.

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La información recibida permitió a los agentes identificar a cuatro personas que se encontraban en la Terminal Terrestre de Loja, intercambiando fundas plásticas negras. Al percatarse de la presencia policial, Luis Miguel C. y Luis Mario Q. lanzaron las fundas, que contenían seis tacos de dinamita envueltos con cinta adhesiva y mecha lenta, listos para detonar.

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Durante el operativo, los agentes detuvieron a Luis Miguel C., Luis Mario Q., Sergio Reiner E. y Nelson Antonio A., además de incautar dos motocicletas y varios teléfonos celulares.

Posteriormente, en la madrugada del 9 de enero, la Policía allanó dos inmuebles en Loja, donde arrestaron a Luis Eduardo T. y Diego Mauricio Q., encontrando también celulares que fueron claves para la investigación.

Durante la audiencia de juicio, la Fiscalía presentó pruebas que permitieron demostrar la planificación y ejecución de los hechos, entre ellos están el análisis telefónico realizado por un agente policial, que evidenció la comunicación entre los sentenciados antes de los actos.

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También se presentó la pericia de audio y video, que confirmó la existencia de planes para incendiar vehículos y la promesa de recompensas por enviar pruebas en video de estos actos. Los testimonios de los propietarios de los vehículos incendiados. Y los informes periciales sobre la destrucción del material explosivo, el levantamiento de indicios y el reconocimiento del lugar de los hechos.

El delito de terrorismo está tipificado en el artículo 366 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y contempla penas de 10 a 13 años de privación de libertad.

Sin embargo, debido a la aplicación de circunstancias agravantes, el Tribunal Penal incrementó la condena en un tercio, resultando en una pena de 17 años y 4 meses para los seis sentenciados. (I)