Jorge Luis C. M. fue condenado a cumplir dos años con ocho meses de prisión por el delito de violencia física contra su expareja y su exsuegra.

A esta última le produjo una incapacidad física de 31 a 60 días.

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El hecho ocurrió el 9 de enero en el interior del domicilio donde habitan su exconviviente, hijo y exsuegra, ubicado en la cooperativa de vivienda Las Malvinas, en el sur de Guayaquil.

Según el proceso, Jorge Luis C. M. llegó ese día a visitar a su hijo de 9 años. El incidente ocurrió cuando llegó la madre y solicitó que concluyera la visita. El agresor comenzó a insultar y golpear a la mujer. Tras eso, intervino la madre de la agredida, quien recibió un golpe en la cara.

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La Fiscalía indicó que la exsuegra cayó al piso y se golpeó la cabeza, quedando inconsciente y con fracturas de cuatro dientes. Ella fue auxiliada por miembros de la familia y vecinos del sector y la trasladaron a una casa de salud.

Los jueces, en su sentencia, prohibieron ejercer la patria potestad del procesado con su hijo menor de edad, por lo que se le impidió la realización de visitas al hogar familiar. También dispusieron tratamiento sicológico al ahora sentenciado.

La Fiscalía procesó este caso con base en lo dispuesto en el artículo 152, inciso primero, numeral 3 (lesiones), con relación al artículo 156 (violencia física contra la mujer o miembros del núcleo familiar), delitos sancionados con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Durante la audiencia de juzgamiento, la Fiscalía presentó los partes informativos y de aprehensión, el informe investigativo, el de reconocimiento del lugar, los certificados médicos de las dos agredidas madre e hija (en los que señala las lesiones de 31 a 60 días sufridas por la primera), entre otros.

Como parte de la sentencia, los magistrados confirmaron las medidas de protección para las agredidas, madre e hija. (I)