A fines de febrero pasado, Andreína L. S. fue sentenciada en primera instancia a 40 años de cárcel como responsable de asesinar a su propia madre Martha Solís.

En octubre del año pasado, el cuerpo de Solís fue encontrado en el interior de un domicilio que compartía con la implicada, de 32 años, en Sauces 9.

La víctima había sido reportada como desaparecida, incluso se crearon versiones de Andreína L. para desviar las indagaciones, pero finalmente se hallaron los restos en una lavadora y un tanque.

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Antes de emitirse esa primera sentencia, el médico psiquiatra Juan Montenegro, perito acreditado por el Consejo de la Judicatura, realizó una valoración médico psiquiátrica a Andreína L. Tuvo una entrevista con ella durante cuatro horas y media en la cárcel de mujeres.

Aunque inicialmente la mujer negó su participación, luego accedió a contar cómo en realidad ocurrieron los hechos, aceptando su participación en el asesinato de su madre.

En el testimonio recogido, el perito expuso que Andreína habría tomado el cable del cargador de un teléfono, lo enrolló en el cuello de su madre, luego que tomó pastillas para dormir. Generó presión por unos 5 minutos hasta que Solís ya no respiraba. Luego le introdujo una prenda de vestir en la boca.

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Posteriormente, la joven se habría encargado de separar las partes del cuerpo con el uso de un cuchillo eléctrico. En el relato dado al doctor Montenegro, la joven manifestó que no tuvo ayuda de otra persona ni tenía el más mínimo arrepentimiento.

Tras la entrevista, el perito determinó que la joven tiene un trastorno de personalidad paranoide o antisocial.

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En medio de un allanamiento en el departamento de Sauces 9, la Policía encontró pertenencias de una amiga de Andreína, Jennifer Banguera, quien se encontraba desaparecida desde 2022.

Se encontró una tarjeta de crédito con el nombre de una cooperativa de ahorro y crédito a nombre de Banguera.

Eso reavivó la esperanza de los familiares para que se establezcan detalles de lo ocurrido con su paradero.

Dos meses después de la sentencia del primer caso y luego de análisis forense integral y pruebas genéticas, la Policía logró la localización e identificación de Banguera.

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Los resultados periciales de ADN establecieron compatibilidad genética concluyente con un cadáver previamente levantado como NN, confirmando su identidad y esclareciendo el hecho como muerte violenta.

El ministro del Interior, John Reimberg, afirmó la investigación determinó la responsabilidad y vinculación directa por este hecho de Andreína L.

“Ambos casos evidenciaron un patrón de violencia extrema y permitieron cerrar procesos investigativos, vinculando a la misma responsable en estos hechos”, dijo Reimberg.

Por ahora, Andreína L. permanece en la cárcel La Roca y se esperan avances en la indagación judicial para su vinculación en una nueva causa por el crimen de Banguera.

Análisis legal sobre la pena máxima

Sobre ello, especialistas en derecho penal dieron detalles sobre si en este caso se podría generar una ampliación mayor de años de privación de libertad para Andreína L.

Steves Reyes, abogado especialista en derecho penal, expuso que en el caso específico de Andreína L. operaría lo que se conoce como concurso real de infracciones, que se aplica cuando a una persona le son atribuibles varios delitos autónomos e independientes.

“En estos casos se acumulan las penas hasta un máximo del doble de la pena más grave, es decir, debería enfrentar una pena de hasta 80 años, pero aquí hay un limitante establecido en el propio COIP que impide que las penas superen los 40 años”, explicó.

Sin embargo, en Ecuador, explicó, la pena máxima de privación de libertad establecida es de 40 años en concordancia con el artículo 20 del Código Orgánico Integral Penal.

Esta duración máxima se aplica en casos de acumulación de penas por múltiples delitos o para crímenes de alto impacto.

De igual manera, Kléber Sigüencia Suárez, especialista en derecho penal, afirmó que el sistema ecuatoriano establece que la pena máxima se fija en 40 años.

En el caso de la persona sentenciada no habría ningún tipo de excepción de ampliar, modificar o superar la expectativa de la norma que sanciona con el máximo de la condena en concurso real de infracciones, es decir, cuando hay varios delitos, exceder el tiempo de 40 años.

“Es lo que se conoce como una acumulación jurídica, no hay acumulación matemática como en Estados Unidos, donde pueden ir subiendo los años, dependiendo del tipo de sanción; nuestro sistema establece que la pena máxima es de 40 años”, apuntó y agregó que, de ser establecida culpable del crimen de su amiga, la pena no podría superar ese rango de años.

Sigüencia recordó que el Código Orgánico Penal ha ido evolucionando, ya que hace varias décadas era de 25 años, luego de 35 y ahora hasta 40.

Hechos violentos de alta repercusión, como el de Andreína, indicó que podrían generar una especie de reforma a nivel normativo y establecer penas que superen el rango máximo actual, tomando en cuenta el principio de proporcionalidad.

“Tenemos el primer caso de una descuartizadora en esta era, un caso bastante excepcional y raro, lo cual podría ser motivo para que en la asamblea se traten reformas y establecer penas que sean un poco más severas”, dijo.

Además, como académico, aclaró que el aumento de penas no necesariamente tendrá un efecto en la disminución de los delitos, sino de prevención general más allá de un resultado a nivel psicológico, de intimidación, temor o persecución. (I)