Por unanimidad, un tribunal de garantías penales de Quito negó un recurso de acción de protección planteado por la vicepresidenta de la República, Verónica Abad Rojas, en contra de cinco decretos expedidos por el presidente Daniel Noboa. Su pedido esencial era que se le asigne funciones vinculadas a su cargo de vicepresidenta de la República.
El tribunal estaba compuesto por los jueces Karen Matamoros (ponente), Ivonne Guzmán y Fausto Lana Vélez, que se retiraron a deliberar a eso de las 15:15 y dictaron su fallo oral a las 20:30, en el que anunciaron la negativa a aceptar este recurso porque incurre en las causales de improcedencia establecidas en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales.
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De acuerdo con el análisis de los magistrados, tres decretos en los que se asignó a Abad las funciones de embajadora de Ecuador en Israel están derogados, por lo que no demostraron ni verificaron que persiste un daño que haya que reparar.
“La acción pierde eficacia por carencia de objeto”, se precisó.
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En cuanto a los decretos ejecutivos con los que Daniel Noboa nombró como vicepresidentas de Estado a Sariha Moya y Cynthia Gellibert, se explicó que el artículo 147 de la Constitución establece las atribuciones que tiene un jefe de Estado.
Se concluyó que la asignación otorgada a Abad —de colaborar con las relaciones económicas y de que la nombre como consejera temporal en Turquía— son funciones diplomáticas que no son incompatibles con su cargo, por lo que no hay afectación a sus derechos.
En la sentencia oral, la jueza Matamoros apuntó que el tribunal considera que las alegaciones de la vicepresidenta “denotan” su inconformidad con el Decreto Ejecutivo 500, con el que Daniel Noboa se acogió a una ausencia temporal por fuerza mayor para hacer campaña política y encargar el poder a Cynthia Gellibert.
Pero el análisis de la figura de ausencia temporal por fuerza mayor que adoptó Noboa “excede las competencias” del tribunal, ya que las causales para determinar cuándo se configura la fuerza mayor están reguladas y se pueden impugnar ante los tribunales contencioso-administrativos.
Adicionalmente se esgrimió que en la Corte Constitucional (CC) está en trámite una acción de inconstitucionalidad en contra del Decreto Ejecutivo 500, en la que se aclarará la figura de la ausencia temporal.
La defensa técnica de Abad apeló en esta misma audiencia la resolución para que sea conocida por un tribunal de la Corte Provincial de Justicia.
Durante la mañana y tarde de este 29 de enero de 2025 se efectuó en el Complejo Judicial Norte de Quito la audiencia pública de acción de acción de protección con la que Verónica Abad pedía que se declare la violación de sus derechos constitucionales y políticos y se acepte un conjunto de medidas de reparación integral.
Esta es la tercera acción de protección a la que recurre la segunda mandataria en contra de las disposiciones emitidas por el primer mandatario, Daniel Noboa Azín.
En este último recurso, su principal demanda era que se le asigne funciones de acuerdo con su dignidad de vicepresidenta, ya que el gobernante la nombró, a través del Decreto Ejecutivo 490, encargada de negocios de Ecuador en Turquía, lo que la “degrada” como sujeto de derechos, según alegó su defensa técnica.
“Pido que se declare que el presidente (Daniel Noboa) violentó mis derechos fundamentales y políticos y se acepten las medidas de reparación integral solicitadas”, expresó Abad en un alegato final que hizo a los jueces, mientras los tres abogados enviados por el Gobierno de Noboa para ejercer su defensa guardaban sus documentos y equipos tecnológicos anticipándose para abandonar la sala.
Se pidió a los jueces que declaren improcedente el recurso y se lo archive.
Una funcionaria de la Presidencia, Mercedes Mediavilla, indicó además que la vicepresidenta Abad podría estar inmersa en la comisión de delitos penales, ya que la vicepresidenta encargada Cynthia Gellibert Mora había dispuesto la compra de los pasajes de avión a Turquía y la autoridad no los usó en la fecha del viaje, previsto para el 19 de enero pasado, produciendo un perjuicio al erario.
Esa declaración la usó Verónica Abad para advertir que el nombramiento de Gellibert configuraría el delito de usurpación de funciones, ya que ha designado un secretario general en la Vicepresidencia de la República y habría dispuesto la compra de los boletos aéreos.
“Un usurpador está en la Vicepresidencia, porque no sé quién lo puso, porque yo no lo puse. Porque, así como dicen que la señora Gellibert ha autorizado los vuelos, está usurpando funciones”, apuntó Abad y recordó que hay una sentencia en otra acción de protección, cuyas medidas de reparación integral no se han cumplido, por lo que han incurrido en desacato.
“¿Qué creen que es de lujo ser embajadora en medio de una guerra? Un año me fui y no me negué, y ahora sí exijo ser tratada con igualdad”, afirmó.
La vicepresidenta impugnó el Decreto 27 del 24 de noviembre de 2023, con el que se la designó embajadora de Ecuador en Israel para mediar la paz con Palestina; el 490, del 23 de diciembre de 2024, con el que se la nombró encargada de negocios en Turquía.
También, el 494, con el que se designó a Cynthia Gellibert, secretaria de Administración Pública de Noboa, como vicepresidenta constitucional del Ecuador; y el 500, con el que Noboa se acogió a una ausencia temporal por fuerza mayor para hacer campaña política, ya que busca su reelección para los comicios generales del 9 de febrero y le encargó el poder a Gellibert por tres días. (I)