Por unanimidad de un Tribunal de Revisión de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) se “restableció” el estado de inocencia de Carolina Llanos Romero, acusada como autora intelectual del asesinato de tres personas, en el denominado caso Quinsaloma, ocurrido el 4 de agosto del 2011 en la provincia de Los Ríos.

Dicho Tribunal, integrado por los magistrados Byron Guillén (ponente), Adrián Rojas y Mercedes Caicedo, emitieron este 29 de septiembre de 2021 su resolución oral en la que resolvieron aceptar el recurso de revisión a la sentencia de 20 años de prisión en contra de Llanos, acusada como autora intelectual del delito de asesinato de Carlos Llanos, Silvia Parco y un menor de edad, ocurrido el 4 de agosto de 2011 en Quinsaloma.

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Con ello, se restableció su estado de inocencia y se dispuso levantar todas las medidas cautelares de orden real y personal. “Si se encuentra privada de su libertad o cumpliendo sentencia se girará la boleta de excarcelación”, cita la sentencia.

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Carolina Llanos cumplía -durante el último año y ocho meses- su sentencia en prelibertad con una orden de presentación periódica, después de haber permanecido ocho años de prisión en la cárcel de mujeres de Guayaquil, detalló su pareja sentimental, el político Galo Lara.

El Tribunal de Revisión de la Sala de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la CNJ, llegó a esta conclusión examinando la decisión de un Tribunal Penal de la misma Corte que ratificó el estado de inocencia de Gilbert Llanos, hermano de Carolina, el 26 de junio de 2020.

En la teoría del caso, presentado por la Fiscalía del Estado se aseguró que las acciones del autor intelectual se habían canalizado a través de Gilbert Llanos, con el cobro de un cheque y el pago a los autores materiales.

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Sin embargo, al declararse la inocencia de Gilbert Llanos, se dejaron sin sustento las razones que en su momento acreditaron la responsabilidad de la revisionista (Carolina Llanos), señala la sentencia oral dictada por el Tribunal de Revisión.

El mismo concluyó que no se comprobó la responsabilidad de Gilbert Llanos, lo que desacreditan los argumentos con los que la acusación sostuvo su teoría del caso en contra de su hermana. “No se ha comprobado conforme a derecho la responsabilidad de Carolina Llanos en el delito por el cual se le condenó”, se indicó.

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Como parte de la sentencia en este recurso de revisión, el Tribunal dispuso el envío del expediente para investigación de la Fiscalía del Estado, en el que consta un informe de la Defensoría del Pueblo, en el que se revelarían hechos de vulneración a los derechos fundamentales de Llanos.

Al final de la diligencia, Galo Lara se preguntó: “¿quién le va a devolver a Carolina Llanos los ocho años que pasó en la cárcel?”, y adelantó que analizarán tomar acciones legales en contra del Estado por una presunta violación de los derechos humanos de su pareja.

El político Galo Lara, al conocer que un Tribunal de Revisión de la Corte Nacional de Justicia restableció el estado de inocencia de su pareja, Carolina Llanos este 29 de septiembre del 2021, en el caso Quinsaloma. Foto: Cortesía Foto: El Universo

Carolina Llanos mencionó que su único delito fue tener tres hijos con el exasambleísta Galo Lara. “A uno de ellos me lo mataron en prisión. Fui una rehén de la política y del manejo de la justicia por parte del Ejecutivo de aquel entonces, sin importarles las consecuencias. ¿Quién me devolverá a mi hijo asesinado en prisión y los ocho años injustamente en prisión”.

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Dentro del análisis del Tribunal, se refirió la presentación de prueba nueva como los testimonios del político Fernando Balda, el general Lenín Bolaños, la copia de la sentencia que resolvió el recurso de casación de Gilbert Llanos del 26 de junio de 2020.

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También documentos desclasificados de la antes denominada Secretaría de Inteligencia (Senain), respecto de Galo Lara y la operación Independencia; y un informe de la Comisión de la Mesa por la Verdad y Justicia de los perseguidos políticos Nunca Más, que tiene el aval del Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN) y del Consejo de la Judicatura de Transición. (I)