Durante tres meses, Ivonne Núñez Figueroa, exministra del Trabajo del gobierno de Daniel Noboa, no gozará de sus derechos políticos por decisión del pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

Con fallo de segunda instancia, el pleno de jueces electorales ratificó una sanción en contra de la abogada y jueza de los tribunales Ivonne Núñez que le suspendió los derechos de participación por tres meses y le impuso una multa de 30 salarios básicos.

La exministra fue imputada por incurrir en las infracciones establecidas en el artículo 279 del Código de la Democracia, numerales 2 y 12, que son incumplir las órdenes legítimas emanadas de los órganos electorales competentes e incumplir las resoluciones del Consejo Nacional Electoral (CNE) y del TCE.

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La denunciante fue la viceprefecta de Chimborazo, Mónica Loza, quien la acusó de no haber registrado la suspensión de los derechos de participación al prefecto Hermel Tayupanda en un caso por violencia política de género.

Al contrario, se argumentó que Núñez interpretó si Tayupanda podía seguir siendo prefecto, pese a que su labor era “simplemente registrar la inhabilitación que emanaba directamente de una sentencia emitida por el TCE”.

Adicionalmente, se indicó que el 2 de octubre de 2025, el Ministerio del Trabajo emitió dos “certificados contradictorios sobre Tayupanda, en los que en uno reconocía expresamente la suspensión de sus derechos de participación política y en otro afirmaba categóricamente que no registra impedimentos para el ejercicio de cargos públicos”.

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Núñez apeló, pero por unanimidad de los cinco jueces del pleno el pasado 29 de abril se ratificó la sentencia de primera instancia en esta causa que evacuó Patricio Maldonado.

La sentencia la suscribieron los jueces Ivonne Coloma, Ángel Torres, Joaquín Viteri, Guillermo Ortega y Roosvelt Cedeño (suplente).

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La accionante planteó un recurso horizontal de aclaración y ampliación que no cambió el fondo de la medida.

Desde este lunes, 18 de mayo, la sentencia está en ejecución, por lo que Núñez será excluida del padrón de electores y no podrá ejercer cargos públicos. (I)