El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) impuso una multa de $ 9.000 a Pedro Bermeo, representante del colectivo YASunidos y promotor de la campaña por la consulta del Yasuní ITT de 2023, y a Sofía Lorena Torres Caiza, responsable del manejo económico de esta campaña, por incurrir en una infracción sobre el financiamiento de la política y gasto electoral.

La decisión del pleno del TCE se adoptó este martes, 7 de abril de 2026, con la que revocó la sentencia del pasado 27 de febrero en la cual se rechazó la denuncia que presentó la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, en contra de tres dirigentes de este colectivo ambientalista.

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El 5 de noviembre de 2025, la presidenta del CNE presentó una denuncia por una posible infracción electoral relacionada con el financiamiento a la política, por el reporte de ingresos y gastos de la campaña por el sí en la consulta popular para dejar el crudo del Yasuní ITT bajo tierra, a la que se inscribió YASunidos.

El CNE alegó que los denunciados no habrían reportado sus ingresos y gastos como parte del examen de cuentas de campaña.

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Los jueces del Contencioso Electoral aceptaron parcialmente el recurso de apelación que presentó Atamaint a la sentencia del 27 de febrero y declararon la responsabilidad de Bermeo y Torres.

Los magistrados electorales concluyeron que los dirigentes de YASunidos incurrieron en la infracción electoral tipificada en el numeral 1 del artículo 281 del Código de la Democracia, que dice:

“Los responsables económicos y las organizaciones políticas, a través de sus representantes y procuradores comunes en caso de alianzas, que no presenten los informes con las cuentas del partido o movimiento, el monto de los aportes recibidos, la naturaleza de los mismos, su origen, el listado de contribuyentes, su identificación plena, respaldos de ingresos y egresos, serán sancionados con multa de veinte a setenta salarios básicos unificados y la suspensión de los derechos políticos de 2 a 4 años, sin perjuicio de la sanción relativa a la cancelación de la inscripción de la organización política establecida en esta Ley. Las candidatas y los candidatos responderán solidariamente, de manera pecuniaria, de acuerdo al nivel de responsabilidad que se determine en el incumplimiento”.

Tras la resolución del TCE, el colectivo sostuvo que se trata de un “acto de persecución política que marca un precedente gravísimo para la democracia”.

“YASunidos no es un partido político. Es un colectivo ciudadano que hizo posible la primera consulta popular nacional impulsada por la gente. Pretender sancionarlo bajo normas diseñadas para organizaciones políticas, y hacerlo además con interpretaciones forzadas y desproporcionadas, constituye un precedente gravísimo para la democracia, así como para el derecho a ser parte de la vida social y política de este país”, dice el pronunciamiento.

El colectivo anunció que presentará una acción extraordinaria ante la Corte Constitucional tras esta decisión del TCE. (I)