Desde las 23:45 del jueves último, Ricardo Rivera, tío del exvicepresidente Jorge Glas y uno de los cinco sentenciados a seis años de cárcel por el delito de asociación ilícita, parte de la trama de corrupción que la empresa Odebrecht implementó en el Ecuador, goza del beneficio penitenciario del régimen semiabierto.

Rivera, acompañado de su abogado Aníbal Quinde, dejó el Pabellón de Atención Prioritaria del Centro de Privación de la Libertad (CPL) Guayaquil Número 4, en Guayas, dos días después de que el juez de Garantías Penitenciarias José Luis Jiménez concedió el régimen semiabierto solicitado y ordenó se emita la boleta necesaria para su salida. El procesado se mantuvo en prisión 1.648 días.

Ricardo Rivera, tío del exvicepresidente Jorge Glas, podrá completar su condena fuera de la cárcel

En su análisis el juez determinó que Rivera cumplió los siete requisitos necesarios para acceder al beneficio. Entre ellos, que cumplió el 65,69 % de la pena y que tuvo un informe psicológico favorable, en ambos casos, según informes del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI); que no mantenía otras sentencias ni procesos vigentes con orden de prisión preventiva; y que se mantenía en un pabellón de mínima seguridad.

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Rivera, una vez dejó el CPL, deberá mantenerse en la vivienda que dejó definida ante el juez que utilizaría mientras goza del régimen semiabierto, y que está ubicada en una urbanización vía a la Puntilla, Samborondón (Guayas).

Entre los mecanismos de control que el juez Jiménez dispuso están la prohibición de salida del país de Rivera, el uso de un grillete electrónico, la presentación periódica el 20 de cada mes ante la Fiscalía y la limitación de desplazamiento a solo la provincia del Guayas; en los casos específicos que disponga la autoridad competente, podrá viajar a Quito para temas relacionados con la investigación que mantiene en su contra abierta la Fiscalía por el delito de lavado de activos.

Antes de salir del CPL, funcionarios penitenciarios le colocaron a Ricardo Rivera el grillete electrónico. Respecto a esta medida de control, explicó Quinde, se analizaría la posibilidad de solicitar a las autoridades de justicia que le retiren el dispositivo por cuestiones médicas que afectan a Rivera.

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El beneficiario deberá cumplir estas y otras medidas dispuestas hasta que complete el año y medio que le falta de pena de cárcel. Según la norma vigente, de no cumplir las disposiciones, el juez podrá revocar todo lo otorgado y Rivera volvería a la cárcel a completar lo que le falta de sentencia.

Ricardo Rivera junto con Jorge Glas, entonces vicepresidente de Lenín Moreno y exministro de Sectores Estratégicos de Rafael Correa; Carlos Villamarín, Edgar Arias y el exfuncionario de Petroecuador Ramiro Carrillo, el 13 de diciembre de 2017, fueron sentenciados a seis años de reclusión en calidad de autores directos del delito de asociación ilícita.

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Seis meses antes de ser condenado Rivera en Guayaquil, un empresario relacionado con el área de las telecomunicaciones era arrestado luego de catorce días de seguimientos policiales.

Ricardo Rivera se acogió a lo que dice el artículo 698 del actual Código Orgánico Integral Penal (COIP), que habla del régimen semiabierto como el proceso de rehabilitación social del sentenciado que cumple con los requisitos y normas del sistema progresivo para desarrollar su actividad fuera del centro de ejecución de penas de manera controlada por el organismo técnico específico.

Corte Nacional de Justicia concluyó que Jorge Glas y Ricardo Rivera facilitaron los contratos para Odebrecht

Quinde recordó que antes de que se aprobara el régimen semiabierto a favor de su defendido habían transcurrido casi siete meses desde que presentaron el pedido.

El fallo por asociación ilícita contra Glas, Rivera y otros se encuentra en firme y en fase de ejecución. La Procuraduría General en representación de la víctima, el Estado ecuatoriano, ha iniciado los procesos para que se ejecute en todas sus partes la condena, en especial la parte económica, definida en total en $ 33,3 millones.

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Solo entre Glas y Rivera deben cubrir los $ 14,1 millones que la Fiscalía definió que era el monto a pagar por el daño ocasionado por la trama de corrupción en la que participaron en la causa por asociación ilícita. Sobre el monto definido como reparación integral, Quinde está casi seguro de que su defendido no cuenta con los recursos para “tan onerosa cantidad que se mandó a pagar”.

Un tribunal de la Corte Nacional sentenció a Rivera por ser el enlace con Odebrecht para recibir sobornos a nombre de su sobrino Jorge Glas. Los $ 13,5 millones que José Santos, exdirectivo de la constructora brasileña, dijo haberle entregado a Rivera a través de la empresa China Glory, llegaron a cuentas de la empresa Telconet. Esos recursos ya fueron devueltos al Estado.

Pese a que Rivera ha sido investigado por otros hechos que se desprenderían del caso Odebrecht bajo delitos como cohecho, lavado de activos e incluso otra investigación del 2017 relacionada con un cohecho ocurrido en el proyecto Hidroeléctrico Manduriacu, al empresario no se le han formulado cargos, no se le ha iniciado otro proceso penal ni tampoco tiene otra sentencia vigente. (I)